A partir de este domingo, los trabajadores a tiempo parcial se verán beneficiados gracias a la equiparación de la cotización de su jornada con respecto a la completa. Hasta ahora, un trabajador a media jornada necesitaba trabajar 30 años para tener 15 años cotizados. Ahora, un día contará lo mismo para los empleados a tiempo parcial que a tiempo completo.

Este cambio no solo afecta a pensión de jubilación, también a pensiones de incapacidad o de viudedad. Es una de las medidas más importantes que reguló la reforma de las pensiones, que beneficia a un perfil bastante concreto de trabajador: aquellos que tienen bajos ingresos, que en un 70% son mujeres que, hasta ahora, han asumido el cuidado de hijos y familias.

Los periodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial se computarán por días completos, sin importar la duración de la jornada realizada, según se incluyó en el decreto ley con el que el Gobierno culminó el pasado mes de marzo su reforma de las pensiones.

La Seguridad Social ya viene aplicando este criterio a la hora de calcular las prestaciones desde que el Tribunal Constitucional declarase en 2019 la nulidad de los coeficientes de parcialidad, tanto para el cómputo de los periodos mínimos de cotización exigida como para el porcentaje aplicable a la base reguladora para calcular la pensión de jubilación.

La inconstitucionalidad se basó en la discriminación que esa forma de cálculo suponía para las mujeres, que son mayoritarias en el empleo parcial.

Una vez plasmada esa doctrina del Constitucional en la ley, queda pendiente modificar y actualizar los informes de vida laboral que sirven a los trabajadores para conocer el tiempo total cotizado.