La reforma concursal se encuadra dentro del Proyecto de Ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, procedente del Real Decreto-Ley 4/2014. En el Congreso de los Diputados, el pasado martes el texto fue aprobado por la Comisión de Economía y Competitividad con competencia legislativa plena para pasar después al Senado.

Entre las modificaciones, se contempla la posibilidad de establecer pruebas o exámenes para poder ser administrador concursal, así como la creación de una sección cuarta en el Registro Público Concursal en la que los administradores deberán inscribirse. Para Juncal, que se prevean pruebas para el acceso al Registro, “no quiere decir que se vaya a hacer así finalmente”, y en cualquier caso recuerda que la enmienda del Partido Popular “deja la inscripción pendiente de desarrollo reglamentario posterior”.

Profundizando más en esta inscripción, Juncal ha apuntado que “la fórmula que se va a utilizar” puede ser “similar a la empleada con los mediadores concursales”, al mismo tiempo que señaló la posibilidad de que el Reglamento de desarrollo contenga “alguna disposición transitoria que atienda al personal que ya viene ejerciendo”.