La campaña de la renta 2023 -2024 ya ha empezado, pero no debe cundir el pánico porque todavía quedan unos meses para entregar la declaración del año 2023. De hecho, algunos plazos empiezan a correr ahora. Como es el caso de la cita previa para hacer el trámite por teléfono. Los contribuyentes que lo deseen podrán pedir cita previa desde el 29 de abril hasta el 28 de junio, ya que el plazo para presentarla por esta vía comienza el 7 de mayo.
Cómo se pide cita previa
La cita previa para hacer la declaración por teléfono se puede solicitar a través de los siguientes canales:
- La página web de la declaración de la renta con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- En la aplicación de la Agencia Tributaria.
- Por teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- En el teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.
Cuál es el siguiente plazo de la declaración de la renta
El siguiente plazo será para los contribuyentes que deseen hacer la declaración de forma presencial, cuyo plazo para entregarla en las oficinas se inicia el 3 de junio. Para ello, la cita previa se abre el 29 de mayo y termina el 28 de junio. En el caso de hacer la declaración presencialmente, el plazo para entregarla en las oficinas se inicia el 3 de junio y la cita previa se abre el 29 de mayo y termina también el 28 de junio. Precisamente, la principal novedad de esta campaña está asociada a la presencialidad, ya que se va a poner en marcha un plan especial para la confección y presentación de declaraciones de Renta de personas mayores de 65 años que tengan su domicilio en pequeños municipios.
El plan comenzará el 7 de mayo y alcanzará a mayores residentes en más de 500 municipios de las 46 provincias del territorio común. En esas zonas, los mayores de 65 años que reserven cita serán atendidos por personal de la Agencia Tributaria mediante videoasistencia, de manera que reciban la misma atención personalizada que cualquier otro contribuyente, pero en las instalaciones puestas a disposición por su ayuntamiento, evitando desplazamientos.
Quién tiene que presentar la declaración de la renta
Están obligados a presentar la declaración de la Renta aquellos contribuyentes que perciban más de 22.000 euros al año de rendimientos del trabajo o aquellos que, con dos o más pagadores, superen los 15.000 euros anuales y, a partir del segundo en adelante, hayan percibido 1.500 euros o más. "Si un año he presentado y al año siguiente no tengo rentas que superen ese umbral, no tengo por qué presentarla", aclaran Mabel Zapata, de la asociación española de asesores fiscales.
En cualquier caso, siempre está la opción de valorar si es mejor presentarla conjunta o individual. "Cuando hay dos cónyuges y tienen más o menos rendimientos similares, va a interesar siempre hacerla individual", aconseja Cruzado, que añade que lo que "dice el borrador no va a misa". Porque hay muchas cosas que nos pueden venir muy bien. La experta insiste: no hay que colársela a Hacienda porque "nos la podemos jugar y nos sancionarían".
Hasta cuándo se puede hacer la declaración de la renta
La Campaña de la Renta 2023-2024 finalizará el 1 de julio, de forma que el día 26 de junio concluirá el plazo para la domiciliación de las declaraciones a ingresar.
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