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DESDE EL 22 DE DICIEMBRE

Ley de Tráfico: ¿qué normas han entrado ya en vigor y qué multas castigan su incumplimiento?

El 22 de diciembre llegó al Boletín Oficial del Estado (BOE) y, desde entonces, ya hay algunas normas vigentes… y sancionables

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La nueva Ley de Tráfico ya aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como ‘Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial’. Aunque las reformas más importantes (y las más polémicas) entrarán en vigor en marzo, hay otras que, desde el pasado 22 de diciembre, ya están vigentes… con sus correspondientes multas: te explicamos cuáles son.

La mayoría de las normas que ya están activas (artículos 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII) son cuestiones administrativas relacionadas con dos puntos: el intercambio transfronterizo de información sobre las infracciones de tráfico y los datos de búsqueda a los que podrán acceder los órganos competentes españoles. Los cambios que afectan a los diferentes conductores en la prática los encontramos, sin embargo, en el Artículo 75.

Peajes de Cataluña
Peajes de Cataluña | DGT

Infracciones leves: 100 euros

Este apartado recoge diversas infracciones de carácter leve y las que aparecen en el nuevo texto tienen que ver con los telepeajes, los impuestos, las condiciones de conducción y los ciclistas. Todas ellas están sancionadas con una multa de hasta 100 euros que puede reducirse con la fórmula del pronto pago.

Peajes e impuestos

Acceder a una vía de pago sin abonar el correspondiente pago o ignorar los impuestos, tasas o precios públicos exigibles es, desde el 22 de diciembre de 2021, una infracción leve.

Ciclistas en carretera
Ciclistas en carretera | SEAT

Control del vehículo

El Artículo 13.1 que contiene las normas generales de conducción establece que todos los conductores tienen la obligación de estar, en todo momento, en condición de controlar su vehículo. Incumplir este precepto ya es una infracción leve. En este sentido, acciones como comer, fumar o circular con ropa y calzado no adecuados estarán, más que nunca, bajo el foco: no obstante, la sanción seguirá dependiendo de la interpretación de los agentes de Tráfico.

Ciclistas

Aumentan las exigencias para los conductores que circulan en bicicleta dentro y fuera de la ciudad. El Artículo 75 ya señalaba que circular en bicicleta sin el alumbrado reglamentario o hacerlo sin elementos y prendas reflectantes estaba considerado como una infracción leve. ¿Qué cambia a partir de ahora? Se especifica que todas aquellas acciones que no estén catalogadas como infracciones graves o muy graves en el resto de artículos, serán leves.

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