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Una nueva herramienta para los consumidores

La etiqueta que las gasolineras tienen que mostrar desde el pasado 1 de abril

Las gasolineras estrenan un nuevo etiquetado informativo que ya es obligatorio desde el pasado 1 de abril de 2021

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El gasto de carburante es uno de los costes más importantes si hablamos de la adquisición y, sobre todo, del uso de un automóvil. Los coches son cada vez más avanzados, más eficientes y más respetuosos con el medio ambiente, pero también es cierto que el precio de los carburantes no ha parado de crecer en los últimos años.

Por eso, el consumo de nuestros coches suele ser determinante a la hora de optar por un modelo u otro, y es que quién más o quién menos ha hecho alguna vez la cuenta de cuánto nos cuesta repostar -o recargar- nuestro coche y, por tanto, cual es el coste de recorrer 100 kilómetros a bordo de nuestro vehículo.

Para ello solemos tomar como referencia el precio del carburante y el consumo medio de nuestro coche, pero ahora desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se pone a disposición de los consumidores un nuevo panel informativo que, desde el pasado 1 de abril, y atendiendo a la la Directiva 2014/94/UE, informa de manera clara y visual de los costes en euros por cada 100 kilómetros que podríamos recorrer con los diferentes combustibles que suministre cada estación de servicio.

Se trata de un cartel que, por cierto, deberá ser actualizado de manera periódica, y en el que según el Ministerio se refleja el coste, de manera estimativa, de los diferentes carburantes a disposición de los usuarios en España. Ese coste se obtiene de multiplicar el precio medio de venta del combustible por el consumo medio en ciclo WLTP de una muestra representativa del mercado de vehículos de nuestro país.

Esta información, como ya hemos mencionado, se debe mantener actualizada, aunque deberá hacerse de manera trimestral (un tiempo a nuestro juicio demasiado amplio para contar con información lo suficientemente actual), de forma que se actualizará cada 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre.

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