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A PARTIR DEL 6 DE ABRIL

Declaración de la Renta: así debes declarar las ayudas que has recibido para comprar tu coche

Para Hacienda las subvenciones son ganancias patrimoniales y por esta razón deben tributarse

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Este miércoles (6 de abril) arranca la campaña de la Declaración de la Renta 2021 y si el año pasado renovaste tu garaje particular beneficiándote de las ayudas estatales que existen para comprar un vehículo nuevo (Plan Moves III), tienes que pasar por caja. Te contamos dónde tienes que declararlas y cuánto tendrás que devolver a Hacienda.

Para Hacienda las subvenciones son ganancias patrimoniales, razón por la que deben tributarse… siempre y cuando no gocen de una exención que no es el caso. A la hora de hacer la Declaración de la Renta tendrás que incluir el importe de la ayuda en el apartado de Ganancias Patrimoniales: es allí donde figuran los salarios y rentas de la base general. Ten en cuenta, eso sí, que sólo hay que añadir la parte que recibiste del Estado: el descuento del concesionario está libre.

Nuevo reglamento de baterías coche eléctrico
Nuevo reglamento de baterías coche eléctrico | Europapress

¿Cuánto tienes que devolver?

La cantidad depende de varios factores. Influye la comunidad autónoma en la que resides porque el IRPF estatal está cedido y cada gobierno regional puede añadir o quitar tramos a este impuesto. Tiene efecto, al mismo tiempo, la cantidad de la propia ayuda, la base general del impuesto y el tipo impositivo que nos corresponde en función de nuestro nivel de ingresos.

Las estimaciones apuntan que, generalmente, un conductor tendrá que devolver, aproximadamente, el 30% de lo que recibió. No obstante, teniendo en cuenta el tramo en el que se encuentra su salario se puede hacer la cuenta para conocer esa cuantía con algo más de exactitud:

  • Primer tramo - Hasta 12.450 euros declarados: el tipo de gravamen habitual sería del 19%.
  • Segundo tramo - Hasta 20.200 euros: 24%
  • Tercer tramo - Hasta 35.200 euros: 30%
  • Cuarto tramo - Hasta 60.000 euros: 37%
  • Quinto tramo - Hasta 300.000 euros: 45%
  • Sexto tramo - A partir de 300.000 euros: 47%
Concesionario matriculaciones
Concesionario matriculaciones | Freepik

Tres ejemplos

Teniendo en cuenta la configuración del sistema, tributarán más aquellas personas con mayores ingresos. A la hora de calcular la cantidad que tenemos que devolver de esa ayuda que nos proporcionaron para comprar un vehículo nuevo, tendremos que aplicar el porcentaje que nos corresponde dependiendo del tramo en el que estamos ubicados. Vamos a explicarlo con tres ejemplos.

Si un conductor ha comprado un coche híbridos enchufable (PHEV) con autonomía eléctrica entre 30 y 90 kilómetros y sus ingresos declarados están en el primer tramo (19%), en el segundo (24%) o en el tercero (30%), esto es lo que tendrá que devolver:

  • Ayuda de 2.500 euros (sin achatarramiento): 475 euros (19% de 2.500) / 600 euros (24% de 2.500) / 750 euros (30% de 2.500)
  • Ayuda de 5.000 euros (con achatarramiento): 950 euros (19% de 5.000) / 1.200 (24% de 5.000) / 1.500 euros (30% de 5.000)

Si se ha hecho con un modelo eléctrico (EV o BEV) cuya autonomía supera los 90 kilómetros o con uno de pila de combustible (FCV o FCHV), estas serán las cifras:

  • Ayuda de 4.500 euros (sin achatarramiento): 855 euros (19% de 4.500) / 1.080 euros (24% de 4.500) / 1.350 euros (30% de 4.500)
  • Ayuda de 7.000 euros (con achatarramiento): 1.330 euros (19% de 7.000) / 1.680 euros (24% de 7.000) / 2.100 euros (30% de 7.000)

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