A pesar de que a lo largo de la democracia española hemos votado ya en 16 ocasiones para unas elecciones generales, paraestas elecciones del 23J vuelven a estar en el pensamiento de los votantes muchas dudas sobre qué es el voto nulo, qué es el voto en blanco y qué se considera abstención. Las tres fórmulas se representan por separado en los resultados electorales, por lo que son completamente diferentes.

Aun así, a menudo en el discurso popular hay quien las intercambia como fórmula de voto protesta: abstenerse porque no hay partido que te represente, votar en blanco por lo mismo o votar nulo como protesta introduciendo una papeleta con un mensaje de reivindicación u otras cosas en el sobre.

En realidad, el voto nulo es un voto erróneo, ya que hay muchas razones que pueden hacer que se considere nulo un voto. Además, aunque esté dentro de la urna, los votos nulos no computan en el porcentaje de votos válidos, como sí lo hacen los votos en blanco y los votos a candidaturas.

Motivos por los que se considera nulo un voto

Así, según la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), estos serían los motivos por los que se consideraría nulo un voto:

  • El emitido en sobre o papeleta diferente del modelo oficial
  • Una papeleta suelta, sin sobre
  • Un sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura. En el supuesto de contener más de una papeleta de la misma candidatura, se computará como un sólo voto válido.
  • Los votos que contengan papeletas en las que se hubiera modificado, añadido, señalado o tachado nombres de los candidatos comprendidos en ella o alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera producido cualquier otro tipo de alteración.
  • En las papeletas del Senado, serán nulos los votos en los que se hubieran señalado más de tres nombres en las circunscripciones provinciales, de dos en las circunscripciones insulares de Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y en las poblaciones de Ceuta y Melilla, y de uno en el resto de las circunscripciones insulares.
  • Sobres con cualquier tipo de alteración como señaladas en los párrafos anteriores (pintado, roto)

Aun así, en la LOREG se anota que la Junta Electoral Central y el resto de Juntas Electorales intentan evitar hacer una "interpretación excesivamente formalista del precepto", por lo que si se aprecia alguna irregularidad se intenta indagar cuál era "la voluntad efectiva del elector" y no siempre se desecha automáticamente. No es raro que, tras cada convocatoria, veamos noticias en las que se remite el voto a la Junta Electoral que corresponda para que considere la validez del voto.

El voto nulo a lo largo de la historia

A pesar de que el conjunto del electorado ha aumentado desde las primeras elecciones, el voto nulo no ha acompañado en esta misma tendencia.

Así, el año que más votos nulos se produjeron fue en las elecciones de 1982, donde 419.000 votos no resultaron válidos.

Al revés, la cita en la que hubo menos votos nulos fue en las elecciones de 1996, las primeras en las que ganó José María Aznar, con 125.782 votos inválidos.

La tendencia del gráfico sí muestra que se corresponde en ocasiones con el momento social y político, como por ejemplo en las elecciones de 2011, donde se observa un pico de votos nulos importante (casi el doble que en las elecciones previas) que se pueden interpretar como votos protesta. España se encontraba en plena crisis económica, los casos de corrupción empezaban a destaparse y muchos quisieron elegir esta fórmula para mostrar su desafección política. Fue en esas elecciones cuando se viralizó un voto que contenía una rodaja de chorizo. El mensaje estaba claro... pero más allá de la anécdota, hay que saber que ese voto no vale.