Ya se habían registrado 1.550.000 de peticiones de voto por correo, el pasado 27 de mayo, según datos de CCOO y confirmados por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su entrevista en "El Hormiguero". Supone una cifra récord en unas elecciones generales, y se espera que todavía sea mucho mayor, puesto que el plazo de solicitud todavía no se ha cerrado. No obstante, desde hoy la documentación y las papeletas de los partidos para votar por correo empiezan a llegar y los electores y se abre el plazo depositar las papeletas en Correos de cara a las elecciones generales del 23 de julio.

Desde lunes y hasta el 16 de julio los carteros entregarán los sobres y papeletas electorales a los ciudadanos que han escogido votar por correo en el domicilio que hayan especificado o, de no haberlo hecho, en el que estén censados. Y es que algunos de los solicitantes del voto por correo han señalado como dirección la segunda residencia donde pasan las vacaciones y podrán ejercer su derecho al voto en la oficina de correos más próxima a este domicilio estacional. No obstante, hasta el 13 de julio se puede seguir solicitando el voto por correo y el plazo para depositarlo en las oficinas finaliza el 19 de julio, tres días antes de las elecciones.

Como recoge la ley electoral, los votantes tendrán que probar su identidad cuando reciban la documentación pero, como novedad, en estas elecciones también será obligatorio cuando vayan a depositar su voto en Correos. La normativa no especifica si la entrega del voto postal debe hacerse de forma personal, sin embargo, la Junta Electoral Central (JEC) ha resuelto recientemente tras los fraudes ocurridos en Melilla y otras localidades que para estos comicios sí debe hacerse de esta forma, mostrando el DNI u otra documentación válida que acredite la identidad del elector.

Y la JEC insiste; los sobres que se recojan de los buzones de Correos no serán válidos. Si un votante no se encuentra en su domicilio cuando el cartero vaya a hacer la entrega, se le dejará un aviso y tendrá que acudir a la oficina de correos correspondiente para acreditarse allí y recibir sus sobres y papeletas.

Cómo depositar el voto

Una vez recibida la documentación, habrá que elegir la papeleta de votación e introducirla en el sobre de votación (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco). Luego se insertará el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de la mesa electoral, pero no se debe incluir ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.

De la misma manera, si alguien está incapacitado por causas justificadas para ir a depositar el voto a la oficina, la JEC ha establecido que otra persona pueda hacerlo en su lugar siempre que entregue una autorización firmada y una copia del DNI u otro documento oficial identificativo.

Cómo y hasta cuándo solicitar el voto

Los electores que quieran votar por correo y todavía no lo hayan hecho podrán hacerlo hasta el 13 de julio mediante una solicitud que se puede descargar en la web del Ministerio del Interior y presentarse por vía telemática en la página de Correos o de forma presencial en las oficinas.