21 de diciembre

Hasta cuándo se puede solicitar el voto por correo para las elecciones en Extremadura

¿Cómo funciona? Los extremeños tendrán que votar en plenas fechas navideñas y muchos estarán lejos de su colegio electoral. Para estos y para aquellos que viven fuera de España pero quieren ejercer su derecho, estos son los plazos para poder votar a distancia.

Una persona espera su turno en Correos para efectuar su voto por correo para las próximas elecciones.Una persona espera su turno en Correos para efectuar su voto por correo para las próximas elecciones.EP

El próximo 21 de diciembre los extremeños y extremeñas están llamados a votar por su futuro o futura presidente. Así lo anunciaba la actual presidenta, María Guardiola, cuando el pasado 27 de octubre convocaba elecciones anticipadas previstas un día antes del tradicional sorteo de la Lotería de Navidad.

Sin duda, unas fechas complicadas, en las que miles de españoles se desplazan con motivo de las fiestas navideñas (y sus correspondientes vacaciones).

Sin embargo, si las elecciones te pillan fuera de casa o, incluso, si tienes tu residencia habitual fuera de España pero continúas censado en Extremadura y quieres ejercer tu derecho al voto, esto no será impedimento: siempre puedes disfrutar del voto por correo.

Una opción que muchos españoles pudieron descubrir en 2023, cuando Pedro Sánchez convocaba elecciones generales anticipadas en julio, lo que generó un récord histórico de voto por correo con 2,6 millones de solicitudes.

Si quieres votar en las elecciones de Extremadura pero vives fuera del país o, justo para esa fecha, no estarás cerca de tu colegio electoral, te contamos cuáles son los plazos para solicitar tu voto por correo y qué opción debes elegir en cada caso:

Plazos para votar por correo el 21 de diciembre

Existen diferentes tipos de voto por correo en función del contexto de cada persona. El proceso de solicitud, recepción y envío del voto (así como sus plazos) varía en cada caso y se diferencian del siguiente modo:

  • Voto por correo: Si vives en España y estás en España, pero justo ese mismo día no puedes acudir de forma presencial.
  • Voto ERTA (Electores Residentes Temporalmente Ausentes): si estás censado en Extremadura y estás temporalmente fuera de España, justo para el mismo 21 de diciembre.
  • Voto CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes): si vives fuera de España y estás fuera de España (o estás en España en esa fecha pero habitualmente vives fuera de España).

Voto por correo

  • Plazo de solicitud: del 28 de octubre al 11 de diciembre. Acude a tu oficina de Correos más cercana con tu DNI, pasaporte o carnet de conducir. También puedes realizar la misma operación a través de la página web de Correos.
  • Plazo de recepción de documentación: del 1 de diciembre al 14 de diciembre. En esta fecha, Correos se encargará de enviarte la documentación necesaria para efectuar tu voto en un envío certificado.
  • Plazo para enviar tu voto: del 1 de diciembre al 17 de diciembre. Deberás entregar tu sobre con el voto y el certificado de inscripción en el censo en una oficina de correos.

Estos plazos coinciden para aquellas personas que viven en el extranjero pero están temporalmente en España. En su caso, el envío del voto (antes del 17 de diciembre), tendrá como destino la Junta Electoral Provincial pertinente.

Voto CERA

  • Plazo para consultar el censo electoral: del 3 al 10 de noviembre en la Sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE).
  • Plazo de recepción de documentos en tu domicilio: del 15 al 21 de noviembre.
  • Plazo de recepción de las papeletas al domicilio: del 26 al 30 de noviembre.
  • Plazo para enviar tu voto: por correo, con el Consulado pertinente como destinatario, hasta el 16 de diciembre.
  • Plazo para votar presencialmente: en el Consulado oportuno del 13 al 18 de diciembre.

Voto ERTA

  • Plazo de solicitud: en el Consulado o Embajada correspondiente hasta el 22 de noviembre, devolviendo el documento cumplimentado a ala atención del Censo Electoral de la provincia.
  • Plazo de recepción de documentación: del 25 de noviembre al 1 de diciembre recibirás lo necesario en tu domicilio.
  • Plazo para enviar tu voto: hasta el 17 de diciembre, por correo postal certificado con el sobre del voto y el certificado de inscripción en el censo.

Aunque algunos de los plazos ya expiraron en noviembre, el plazo de solicitud continúa abierto para aquellos que deseen votar por correo desde España.

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