La nueva Ley de Seguridad Ciudadana va a regular, por primera vez, los cacheos policiales. Solo se podrá cachear para prevenir o esclarecer un delito y solo un agente del mismo sexo que el sospechoso en un lugar apartado, sin visión a terceros cuando haya un desnudo parcial.

Una segunda novedad es que las concentraciones ante el Congreso, el Senado o Parlamentos Autonómicos no serán delito, serán falta leve pero sí serán falta grave si ocasionan perturbación en la seguridad ciudadana, aunque las instituciones no estuvieran reunidas.

Las identificaciones policiales se limitan a la prevención de un delito, nunca se podrá identificar a una persona por una mera infracción administrativa. Además, solo serán trasladados a comisaría aquellos a los que sea imposible identificar en la calle. Los agentes deberán informarle “de modo inmediato” sobre por qué le identifican, y la comunicación se extenderá a la Fiscalía.

Los controles policiales en las calles se restringen, solo se llevarán a cabo para dar con el autor de un delito de especial gravedad. Y otra novedad importante: se elimina la atribución de responsabilidad a las organizaciones de una manifestación por las infracciones que cometa una tercera persona y a aquellos a los que se les ocurra apuntar con un láser a los pilotos de un avión: falta muy grave, puede superar el medio millón de euros de multa.

Esta ley también regula las sanciones. Se reducen a 47, y se dividen en tres tramos: leves, graves o muy graves. Las multas varían entre 100 euros y 600.000 dependiendo de la gravedad, pero, en las graves y muy graves (601 – 600.000 euros) se tendrá en cuenta la capacidad económica del infractor a la hora de multar.