Jesús Espinosa / @_jesusespinosa_
El Gobierno se ha apresurado a argumentar, horas después de que se produjeran, que las más de una docena de detenciones del pasado miércoles en Barcelona fueron ordenadas por un juez. En concreto por Juan Antonio Ramírez, el juez titular del juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que fue el que ordenó los registros en las sedes de la Generalitat.
Así lo apuntó el portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, en Más de Uno (Onda Cero): “Los registros o las detenciones no las ha hecho el Gobierno, los ha hecho la policía judicial, con un mandato de un juez”.
¿El juez ordenó las detenciones?
Lo cierto es que el juez solamente ordenó los registros, no las detenciones. Éstas las llevó a cabo la policía judicial sin que el juez se lo requiriera. Así nos lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Además, aunque el auto de los registros es secreto puesto que la causa está bajo secreto de sumario, el Tribunal emitió una nota para informar de los registros. En ningún caso de estipulaban posibles detenciones.
Fuentes del TSJ de Cataluña explican a este programa que, aunque el juez no ordene las detenciones, la Policía puede llevarlas a cabo para facilitar los registros, si así lo ven oportuno. Es también habitual que, tras las detenciones, se le comunique al juez que se han llevado a cabo para que dé su visto bueno.
La causa está abierta por los delitos de desobediencias, prevaricación y malversación, y hay al menos una veintena de personas investigadas.
En concreto las acciones de este juzgado nacen de una denuncia de VOX y otra del abogado Miguel Durán ante el juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona. La operación del pasado miércoles en Barcelona, con registros en sedes oficiales de la Generalitat, se enmarca dentro de estas diligencias de investigación.
Siete cargos de la Generalitat detenidos solicitaron un habeas corpus, seis de ellos ya se han desestimado
Siete cargos detenidos durante la operación policial del miércoles solicitaron un habeas corpus. Es una figura jurídica por la cual cualquier ciudadano detenido durante una investigación judicial, puede pedir que comparecer ante un juez para que éste determine si su arresto se ha ajustado a derecho (está reflejada en el artículo 17 de la Constitución).
Todos los habeas corpus menos uno, por el momento, han sido rechazados, al considerarse que las detenciones se ajustaron a derecho.
Hubo tres que se hicieron ante el juzgado de incidencias de Barcelona número 29, que pidieron una recusación al magistrado porque éste coincidió, al frente por sustitución natural, con el mismo que ordenó los registros. El juez admitió dichas recusaciones y la causa la pasó a resolver el juzgado de Instrucción 30 de Barcelona.
El resto de los mismos se hicieron ante el juzgado de guardia de Martorell, que los rechazó. Quedando pendiente el último que se presentó ante el juzgado de incidencias de Barcelona número 33.
La autoridad judicial tiene, por Ley, un plazo máximo de 24 horas para resolver el habeas corpus.
Por lo tanto, las declaraciones de Méndez de Vigo son ENGAÑOSAS, puesto que, aunque el juez ordenó los registros, no requirió en su auto detenciones.
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