El letrado Yves Bot se
pronuncia de esta forma sobre el caso de dos ciudadanas alemanas que
solicitaron a los antiguos empleadores de sus maridos fallecidos el pago de una
compensación económica por las vacaciones retribuidas no disfrutadas por sus
cónyuges antes de su fallecimiento.
Sus solicitudes fueron
rechazadas en virtud de la legislación alemana y, tras los recursos
interpuestos por ambas, el Tribunal Supremo de lo Laboral alemán elevó la
cuestión al TUE para que interpretara la directiva sobre tiempo de trabajo y la
Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
En sus conclusiones, que
no son vinculantes de cara a la futura sentencia, Bot propone al Tribunal de
Justicia que dictamine que la directiva europea se opone a una normativa
nacional que establece que, cuando la relación laboral llega a su fin por el
fallecimiento del trabajador, el derecho a vacaciones anuales retribuidas se
extingue sin dar derecho a una compensación económica y sin permitir que se
pague tampoco a los herederos del difundo.
Además, el abogado
general subraya que el derecho a vacaciones anuales retribuidas reconocido en
la Carta no sólo constituye un principio del Derecho Social de la UE "de
especial importancia", sino que "debe ser calificado también de
derecho social absolutamente fundamental".
En su opinión, el
artículo concreto de la Carta posee las cualidades necesarias para poder ser
invocado en un litigio entre particulares con el fin de impedir la aplicación
de leyes nacionales que privan a un trabajador de su derecho a un periodo anual
de vacaciones retribuidas.
El abogado general Bot
también se ha pronunciado este jueves sobre cuestiones prejudiciales elevadas
tanto por el Tribunal Supremo de lo Laboral de Alemania y por el Tribunal
Superior de lo Contencioso-Administrativo de Berlín-Brandemburgo sobre el caso
de dos ciudadanos a los que se denegó la compensación económica por vacaciones
no disfrutadas.
En estos casos, el
letrado propone al TUE que declare que el hecho de que un trabajador no haya
solicitado tomar sus vacaciones "no puede entrañar automáticamente"
la pérdida del derecho a compensación económica por las vacaciones no
disfrutadas al extinguirse la relación laboral.
En concreto, Bot cree
que el Derecho de la UE se opone a una legislación nacional en virtud de la
cual un trabajador pierde su derecho a esta compensación al extinguirse la
relación laboral en caso de que no hubiera solicitado disfrutar de las
vacaciones mientras estuvo en activo y no demuestra que no pudo tomar dichas
vacaciones por causas ajenas a su voluntad.
Sin embargo, el abogado
general remarca que el trabajador no puede reclamar la compensación si el
empresario demuestra que llevó a cabo las actuaciones necesarias para permitir
a los trabajadores ejercer su derecho a vacaciones anuales retribuidas y que,
pese a ello, el trabajador renunció de manera deliberada a este derecho.