Ha pasado poco más de un año desde que la Audiencia de Navarra dictase la sentencia que calificaba lo sucedido de abuso sexual y no agresión al no constatar el empleo de "un medio físico para doblegar" la voluntad de la víctima pese a que los miembros de 'La Manada' aprovecharon la "situación de preeminencia" y superioridad "para abusar sexualmente" de ella.
Una decisión que dio pie a protestas multitudinarias y motivó el inicio de un cambio legal que aún no ha culminado para suprimir delCódigo Penal la diferencia entre ambos delitos.
Ahora, serán cinco jueces del Supremo (tres especialistas en violencia de género) quienes decidan si lo que ocurrió en Pamplona encuadra en una agresión sexual, como sostienen las acusaciones.
Aquel día cinco jóvenes acorralaron a una chica de 18 años en un portal y, "atemorizada y sometida", la penetraron. Hasta el momento, los tribunales han determinado que fue un abuso con prevalimiento, dado que no quedó probado que hubiera violencia o intimidación.
La sentencia que salga de esta vista será firme
La Fiscalía pedirá una condena de 18 años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual, que también ven probado las otras acusaciones (Gobierno Foral, Ayuntamiento de Pamplona y víctima).
El ministerio público argumentará que no es "admisible" que se exija a "las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores" e incidirá en que para la intimidación basta "con la sola presencia de cinco individuos de fuerte complexión rodeando a una víctima en un habitáculo cerrado y sin posibilidad alguna de escapar".
La defensa insistirá en la absolución de José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero, éste último condenado también a una multa por hurto por quedarse con el móvil de la joven, que las acusaciones piden que se eleve a robo, con pena de cárcel.