La jueza de la Audiencia Provincial ha condenado a prisión permanente revisable a la mujer que mató a su hija de cinco años en el hotel 'Los Bracos' de Logroño.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, impone la pena que pedía tanto Fiscalía como las acusaciones particular y popular. Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar al padre de la niña con 200.000 euros por daño moral, así como con otros 9.643,68 euros, por el tiempo que "tardó en curar del trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo que padeció por estos hechos".

A lo largo de las 177 páginas del escrito, se considera probado que la madre y la abuela, que apareció muerta el 28 de enero de 2020 en el río Ebro, "decidieron un plan conjunto para poner fin a sus vidas y además acabar con la vida de la menor".

Para ello, prosigue la sentencia, se dirigieron la mañana del 26 de enero al hotel de Logroño, donde el día anterior habían reservado una habitación. Una vez allí, "con la intención de acabar con la vida de la menor, con plena conformidad de ambas, aceptando cada una los actos de la otra, suministró a dicha menor lormetazepam, en una dosis tal que la menor quedó en un estado profundo de sedación, y hallándose la menor en tal estado, presionó la boca y la nariz de la niña, hasta cortarle la respiración, acabando con su vida por asfixia mecánica por sofocación por obstrucción de vías respiratorias, siendo datada la hora de la muerte entre las 13,30 y las 19,00 horas de ese domingo".

Además, se refleja que la niña "no tuvo ninguna posibilidad de defenderse, por hallarse en estado de profunda sedación por efecto del lormetazepam que le había sido suministrado, y por tener al momento de los hechos tan solo cinco años de edad, siendo su fecha de nacimiento el 30 de diciembre de 2014".

También, la sentencia prueba que "los cuatro meses anteriores a los hechos, la madre suministró repetidamente a la menor lormetazepam, medicamento indicado para inducir el sueño y no indicado para suadministración en niños".

En el momento de los hechos, dicta el escrito que la condenada "no padecía ningún trastorno que afectara a su conciencia y voluntad".

El jurado popular, tras las 14 sesiones de juicio, consideró el pasado 20 de febrero de 2022 a la madre culpable de "haber causado intencionadamente su muerte cuando ésta no tenía posibilidad de defenderse". El criterio del jurado incluyó que no procedía suspensión de la condena y que no se incluyera en la sentencia la posibilidad de que la acusada sea indultada.