La Audiencia de Huesca ha condenado a prisión permanente revisable a Iván Pardo Pena como autor del asesinato de Naiara, de 8 años, tras unas torturas que se prolongaron durante varias horas en el domicilio del procesado, en julio de 2017, en la localidad oscense de Sabiñánigo.
El fallo, que se ajusta al veredicto dictado el pasado 24 de septiembre por el jurado que enjuició el caso, aprecia las circunstancias de ensañamiento y la minoría de edad de la niña para establecer la condena de prisión permanente revisable, a la que añade otra de 2 años por maltrato habitual.
Además, le condena a pagar indemnizaciones de 120.000 y 30.000 euros a la madre y padre biológicos de Naiara, a los que no podrá acercarse ni comunicar a menos de 500 metros hasta 10 años después de su salida efectiva de prisión.
El tribunal impone, asimismo, penas de 2 años de prisión al padrastro de la pequeña y a su abuelastra, al considerar que no solo consentían los castigos que le eran infligidos sino que los alentaban.
La sentencia argumenta que los castigos corporales impuestos a Naiara "responden a una forma de entender la educación trasnochada, ampliamente superada, desproporcionada e injusta", y subraya que cuando ocurrieron los hechos "había terminado el curso escolar, la menor había superado los exámenes, por lo que no era indispensable en ese momento la recuperación y mejora en las materias escolares".
El jurado consideró probado que el 6 de julio de 2017 Iván Pardo llegó a casa de trabajar en torno a las 8.30 horas de la mañana y que supervisó los estudios de Naiara, que había permanecido toda la noche despierta, estudiando arrodillada sobre grava por imposición del acusado y de Nieves Pardo, quien también fue considerada culpable de malos tratos a la niña por el jurado.
Al no encontrar estas tareas satisfactorias, comenzó a golpearle en la cabeza con los nudillos y a propinarle descargas eléctricas con una raqueta matamoscas, la ató de pies y manos, le introdujo un calcetín en la boca, le golpeó con un cinturón en la espalda y las plantas de los pies y le dio puñetazos y patadas con unas botas de puntera.
Finalmente la agarró del pelo y la arrojó fuertemente contra el suelo, hasta que la niña quedó inconsciente. Según el relato de los hechos probados, esto sucedió a las 13:00 horas, momento en el que Iván Pardo intentó reanimarla, pero sin avisar a los servicios de emergencias y sin permitir que lo hicieran las dos menores que presenciaron los hechos, primas de la víctima. La secuencia de los hechos demuestra que el acusado torturó a la niña durante cuatro horas y media.
A las 15.30 horas Naiara fue atendida por los servicios sanitarios y trasladada al hospital, donde murió el 7 de julio a causa de un traumatismo craneoencefálico severo, consecuencia de contusiones repetidas de la cabeza contra una superficie dura y plana.
Por todo ello, el jurado consideró probado que el acusado quería causar la muerte de la niña con los golpes que le dio en la cabeza, y estimó que el carácter rebelde de Naiara y el enfado que le produjo que no hubiera terminado las tareas no le produjo ninguna afectación en sus facultades cognitivas y volitivas.
En lo que respecta a los otros acusados, el jurado estimó probado que Nieves Pardo, como su hijo, obligaban a Naiara, antes del día de los hechos, a permanecer de rodillas sobre ortigas, grava, arroz o sal, que le pegaban, le privaban del sueño para hacer los deberes, le colocaban una diadema con orejas de burro y pañales, mientras en ocasiones le grababan con el móvil y lo compartían con otros miembros de la familia.
Nieves Pardo no hizo nada para evitar las acciones de Iván, mientras que considera que Carlos Pena es culpable porque no hizo nada por evitar los malos tratos anteriores, que conocía a través de grabaciones y comentarios que le enviaban a través de whatsapp.
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