Los vehículos sin
etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a
2006. Y los B son los de gasolina anteriores al año 2006 y los diésel
anteriores a 2014. Así lo recoge el borrador presentado ante la Comisión de
Calidad del Aire por la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés,
un borrador que "endurece" las medidas en caso de alta contaminación
por NO2.
El nuevo texto incorpora
dos nuevos criterios adicionales para activar los niveles de Preaviso y Aviso
cuando se superan los umbrales correspondientes en tres estaciones cualesquiera
de la red; y nuevos criterios para declarar el escenario 3, con tres días
consecutivos con superación del nivel de preaviso; y un nuevo escenario 4 si la
contaminación persiste sin llegar al nivel de alerta fijado por la Unión
Europea.
Además, una vez que la
DGT ya ha incluido las motos en el sistema de distintivos ambientales estas
estarán sujetas a las mismas limitaciones que el resto de vehículos. El nuevo
borrador del protocolo también establece la posibilidad de actuar
anticipadamente basándose en su actual modelo predictivo, que el Ayuntamiento
está mejorando junto a la UNED para anticipar aún más los avisos por activación
de los diferentes escenarios.
Según recoge el borrador
se tendrá en cuenta la situación de los distritos del exterior de la M-30 a la
hora de activar los diferentes escenarios al incluirse un nuevo criterio, la superación
de los umbrales correspondiente en tres estaciones de toda la red, además de
mantener el criterio anterior en el que se tienen en cuenta las superaciones
por zonas.
También se modifica la
información a facilitar por Madrid Salud a través de su sistema de alertas de
Salud ambiental (SASA) a propuesta de dicho organismo. En cuanto a los
escenarios, el nuevo protocolo tendrá cinco escenarios, uno más que el actual.
En el escenario 2,
además de la limitación del aparcamiento en la zona SER a los vehículos que no
sean CERO o ECO, se introducen medidas de limitación del tráfico (antes era en
el escenario 3), con la limitación de la circulación de los vehículos sin
distintivo ambiental, los más contaminantes, en la M-30 y su interior. En el
escenario 3, la restricción de circulación se extenderá a toda la ciudad.
Como novedad, se creará
un nuevo escenario 4 para cuando el nivel de aviso se mantenga durante cuatro
días consecutivos, en el que la limitación de circulación se extenderá también
a los vehículos con etiqueta B en la M-30 y su interior. El nivel cinco se
corresponde con el nivel de alerta definido por la Unión Europea y en esta
situación solo se permitirá la circulación de vehículos CERO y ECO.
El borrador definitivo,
que se aprobará en Junta de Gobierno, tendrá un periodo de alegaciones para que
todas las personas y entidades interesadas puedan hacer sus aportaciones, que
serán estudiadas. Se espera que el nuevo protocolo pueda estar en vigor tras el
verano.
El actual protocolo se
aprobó el 21 de enero de 2016 con el compromiso de revisarlo pasado un tiempo,
y el objetivo de aumentar la protección de la salud de los madrileños,
manteniendo la anticipación en la información.
Durante la aplicación de
las medidas del protocolo de contaminación podrán seguir estacionando en las
plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los
vehículos que dispongan del distintivo ambiental CERO o ECO de la DGT (antes
solo los CERO), los autorizados como comerciales e industriales del SER, los
vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y
vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y
su conductor esté presente.
Habrá excepciones a la
limitación de circulación para los vehículos de transporte público colectivo,
las bicicletas, ciclomotores, los vehículos de profesionales cuya hora de
inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del
transporte público, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano.
También se permitirá la
circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana
de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a
3.500 kg hasta diciembre de 2022), las grúas para el remolque de vehículos y
vehículos taller y de auxilio en carretera, además de otros vehículos:
transporte de detenidos, transporte funerario y transporte de fondos y
servicios de seguridad blindados debidamente acreditados.
Las restricciones de
tráfico y aparcamiento recogidas en este protocolo no se aplicarán a los
vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida ni a
los vehículos de servicios esenciales: extinción de incendios, protección civil
y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.