Los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la capital no podrán circular por la M-30 a partir de este domingo 1 de enero, día en el que entrará en vigor una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante.
Esta medida, contemplada en la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) para mejorar la calidad del aire y cumplir con la directiva europea en esta materia, se suma a la implantada el pasado 1 de enero de 2022, que prohíbe a este tipo de coches el acceso al interior del perímetro marcado por la M-30 (esto es, la 'almendra central' de la capital).
Además, desde el 1 de enero de 2024, los turismos A (vehículos de gasolina matriculados antes de 2001 y diésel antes de 2006) tendrán prohibido el acceso y la circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid. Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también a los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tendrán restricciones.
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Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad se establecerá un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en M-30 y su interior. Los efectivos se situarán en puestos aleatorios. El acceso no permitido a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones', al igual que con las otras dos Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros (100 euros con pronto pago).
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