Los magistrados de la
Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra desestiman la prisión
provisional solicitada por la fiscalía, la acusación particular, ejercida por
la víctima, y las dos acciones populares —el Ayuntamiento de Pamplona y el
Gobierno de Navarra— para los cinco procesados después de que la Sala de lo
Civil y Penal del TSJN hubiera confirmado el pasado diciembre la condena
impuesta en abril.
Uno de los tres jueces,
el presidente de la Sección Segunda, ha formulado un voto particular en el que
aboga por decretar la prisión provisional comunicada y sin fianza de los
encausados, hasta el límite máximo de cuatro años y medio, descontando de este
periodo, el tiempo que han estado en prisión provisional, entre el 9 de julio
de 2016 (fueron detenidos el día 7) y el 22 de junio de 2018.
En su argumentación
incide en que los aspectos apuntados de estabilidad domiciliaria de los
procesados o su integración en su contexto familiar y convivencial extenso no
permiten "conjurar eficazmente el riesgo" de que se sustraigan a la
acción de la justicia, como tampoco el hecho de que hayan cumplido la
obligaciones que les han sido impuestas.
Los cinco condenados
(José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y
Alfonso Jesús Cabezuelo) quedaron en libertad el 22 de junio del pasado año
tras abonar cada uno una fianza de 6.000 euros.
Y desde entonces
"no se han aportado razones suficientes para modificar la situación
personal de los encausados", según se recoge en el auto, en el que el voto
mayoritario concluye que el argumento de riesgo de fuga, alegado por quienes
solicitaban su reingreso en prisión, aparece "bastante endeble".
En ese sentido, destacan
que durante casi seis meses "han acatado las condiciones impuestas por la
sala", y además, desde que se tuvo conocimiento de la confirmación de la
sentencia, ha pasado casi un mes y los encausados "han continuado
cumpliendo aquellas, mostrando así su intención de no eludir la acción de la
justicia".
Indican que no se puede
obviar que estuvieron privados de libertad prácticamente dos años, así como que
su situación personal, familiar y laboral "permanece inalterable respecto
a lo valorado por la sala en el auto de 21 de junio".
Hacen mención expresa a
la situación de Alfonso Cabezuelo quien en estos meses ha sido privado de su
condición de militar, decisión que si bien no es firme, de momento supone
"que no recibe ingreso alguno", una carencia que, a su juicio,
"no incrementa el riesgo de fuga, sino que, en cierta forma lo
limita".
Asimismo dicen que no
puede tomarse en consideración el episodio que afecta a Antonio Guerrero, quien
acudió a sacarse el pasaporte, puesto que sobre ese hecho recayó una resolución
firme, denegatoria de su ingreso en prisión.
Respecto a la situación
de Angel Boza, condenado por dos delitos leves, uno de lesiones y otro de hurto
en este tiempo, consideran que son hechos "muy diferentes y más livianos
que los que han determinado su condena por un delito de abusos sexuales"
y, por tanto, no justifican la alteración pretendida por las acusaciones.
El auto alude también a
las actuaciones seguidas ante el juzgado de instrucción de Pozoblanco para
puntualizar que todavía no se ha celebrado el juicio y, en consecuencia, no hay
sentencia ni se ha acordado prisión preventiva por tales hechos.
En el auto que decretó
prisión eludible con una fianza de 6.000 euros se les impusieron además una
serie de obligaciones como designar un domicilio en el que pudieran ser
hallados, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización
judicial con obligación de hacer entrega del pasaporte y comparecer ante el
juzgado de guardia de su residencia.
Asimismo se les impuso la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, donde reside la víctima, y comunicarse con la denunciante por cualquier medio. Esas medidas, sin perjuicio de su revisión, según se indica, tendrán vigencia en tanto no exista resolución firme que ponga fin al procedimiento.