El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona asegura que el anuncio de una página web que promocionaba el 'Tour de 'La Manada'' constituye un "trato vejatorio para la víctima del delito".
En este anuncio publicitaban el recorrido que hicieron los miembros de este grupo junto a su víctima por las calles de la capital navarra durante el festejo de San Fermín de 2016.
Por ello y de acuerdo con la postura de la acusación popular, el magistrado considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito contra la integridad moral, según ha informado el TSJN.
En el auto, que puede ser recurrido, el juez emplaza al fiscal y la acusación particular a fin de que, en el plazo común de diez días, formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
Las diligencias judiciales se incoaron en virtud de un atestado elaborado por la Policía Foral. De lo investigado, expone el magistrado, resulta indiciariamente acreditado que entre el 3 y el 5 de diciembre de 2018, el imputado publicó en la web un anuncio sobre un denominado 'Tour de 'La Manada'', en el que se hacía referencia a un cita concreta y figuraba la fotografía de los ya condenados como autores de un delito continuado de abuso sexual.
Para el magistrado, sin perjuicio de lo que en su día determine el juez o tribunal sentenciador, debe tenerse en cuenta el contenido de la página web y lo reconocido parcialmente por el investigado, sin que el ánimo invocado, sin perjuicio de lo que resulte del juicio oral, elimine lo que claramente constituye un trato vejatorio para la víctima del delito, que va más allá del simple mal gusto que argumenta el Ministerio Fiscal, y que supone degradar nuevamente a la víctima.