Hakim enseña a laSexta Noticias el vídeo en el que se ve como a él y a otros menores marroquíes los repatrian de Ceuta a Marruecos en agosto de 2021, una devolución en caliente que el Tribunal Supremo ha declarado ilegal. Algunos fueron conducidos a un furgón entre lágrimas, apenas los pudieron consolar. "Ese soy yo, estoy llorando. La Policía estaba con pistolas... Todos estábamos llorando", nos cuenta, señalando a la imagen en la que se le ve entrando al vehículo para ser devuelto.
Este joven fue uno de los más de 1.000 menores magrebíes que llegaron a la playa del Tarajal en mayo de ese mismo año. Dentro del aluvión de personas migrantes, un total de 12.000, que aparecieron de golpe en esta playa en territorio español. Hakim consiguió pasar tres meses en Ceuta, pero la Delegación del Gobierno de esta ciudad autónoma, en comunicación con el Ministerio del Interior, ordenó su repatriación en agosto. "Todos estábamos llorando, no queríamos volver. Decíamos: 'Somos menores, tenemos un papel', pero nadie me hacía caso", indica el menor.
A los diez meses de ser devuelto a Marruecos, decidió volver a cruzar y lo hizo nadando. "Yo me tiré al mar y no sabía nadar. Mis amigos me ayudaron. Estuvimos tres horas", recuerda. Una vez en España buscó ayuda en Fundación Raíces, donde le apoyaron para aprender cocina. Actualmente, trabaja en este restaurante en Vigo. "Sí, ahora estoy bien. Me gusta el trabajo, me gusta la cocina", subraya con cara de felicidad.
Hakim fue uno de los ocho menores repatriados a los que alude la sentencia del Tribunal Supremo. Devolución que, en su momento, denunció Fundación Raíces junto a otras ONG. También denunciaron otras 12 repatriaciones de menores que se produjeron esos mismos días en Ceuta, de la que esperan otra sentencia en los mismos términos. "Nuestra intención es buscarlos y que vuelvan a España, y que recuperen sus derechos", detalla la abogada de Fundación Raíces, Paloma García de Viedma. Y, sobre todo, esperan que estas sentencias sientan un precedente para que este tipo de devoluciones, que destacan que se saltan los derechos de los menores, no vuelvan a producirse.
Un trabajo de muchas organizaciones unidas
El trabajo conjunto de las organizaciones Andalucía Acoge, Coordinadora de Barrios, Elin, Ex Menas Madrid, Fundación Raíces, Gentium, Maakum y No Name Kitchen para denunciar por distintas vías la ilegalidad de estas repatriaciones ejecutadas por Delegación de Gobierno en Ceuta, desembocó, entre otros, en estos dos procedimientos. Según Fundación Raíces, en aquellos días de agosto, ante el miedo de ser expulsados a Marruecos, 80 menores, entre ellos estos 20, designaron a abogadas de Fundación Raíces y Coordinadora de Barrios para su defensa.
Los niños y niñas que habían entrado en Ceuta sin la protección de ningún adulto y cruzando la frontera del Tarajal abierta por el Reino de Marruecos en mayo de 2021, se encontraban en situación de desamparo. Después fueron acogidos por el área de infancia de la Ciudad Autónoma de Ceuta hasta el comienzo de las repatriaciones sin garantías del 13 de agosto, ejecutadas por la Delegación de Gobierno de Ceuta, siguiendo indicaciones del Ministerio del Interior.
Repatriación y retorno asistido, sin distinción
El tribunal ha desestimado la distinción terminológica que pretendía el Gobierno y la Ciudad Autónoma entre "repatriación" y "retorno asistido", confirmando que en términos jurídicos no existe tal distinción ya que "lo que hay en el presente caso es una devolución de los menores a Marruecos, cualquiera que sea la fórmula terminológica que se utilice". Y añade que "es lo cierto que la decisión acordando el retorno de un número elevado de menores no acompañados sin haber seguido ningún procedimiento constituye una expulsión colectiva de extranjeros; algo que es ilegal con arreglo al citado art. 4 del Protocolo n.º 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".
Una vez declarado que existió una vía de hecho, el Alto Tribunal también considera acreditado que existió vulneración del derecho a la integridad de los menores repatriados, ya que "es claro que la integridad física y moral es vulnerada también cuando se pone a una persona en serio peligro de sufrir un padecimiento corporal o psíquico". "Algo que en el presente caso no puede negarse que ocurriera, habida cuenta de que, como verificaron las sentencias de instancia y de apelación, la Administración no hizo ponderación alguna del interés de los menores, ni mucho menos una comprobación de sus circunstancias individuales", argumenta.
Así ha recordado que la Administración no ha aportado ninguna prueba respecto de que los menores hayan sido efectivamente protegidos en Marruecos, más allá de la mera conformidad de dicho país con que se les repatriara. En este sentido, es contundente el Supremo al señalar que "la aquiescencia de otro país no dispensa a las autoridades españolas de actuar con sujeción plena a la Constitución y a las leyes". "Va en ello la respetabilidad de España como Estado de derecho", añade.
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