Así consta en un auto de
la sección primera de esta institución, que revoca el procesamiento dictado
contra Soler por otra juez de resultas de la querella que le interpuso el
trabajador, Ricardo Osorio.
La resolución, de la que
es ponente la magistrada Ana Hoyos, estima el recurso de apelación del youtuber
y decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones, pues la expresión
proferida por el querellado "no tiene la gravedad suficiente para ser
constitutiva de infracción penal". "No tiene la entidad de ser
graduada como injuria grave, a tenor de lo dispuesto en el artículo 208 del
Código Penal, siendo un término inexistente en el diccionario de la Real
Academia de la Lengua", precisa el fallo.
'Mr. Granbomba' , que se dedicaba a la grabación de bromas con cámara oculta que luego subía a su canal de Youtube, abordó en diciembre de 2016 en una calle de Alicante a un repartidor de paquetería y le llamó "caranchoa" mientras le preguntaba por una dirección.
El mensajero, Ricardo
Osorio, abofeteó al bromista, un delito leve de lesiones por el que un juez le
impuso 30 euros de multa, y el vídeo de esa escena se hizo rápidamente viral en
las redes sociales. El repartidor se querelló con posterioridad contra el
agredido por un delito de injurias graves con publicidad.
La titular del Juzgado
de Instrucción 9 de Alicante, María Luisa Carrascosa, admitió a trámite la
querella, procesó a Soler y le abrió juicio oral el pasado mes de mayo en un
auto por el que le impuso una fianza de medio millón de euros.
Esa decisión, sin
embargo, ha quedado sin efecto por el auto revocatorio de la Audiencia
Provincial de Alicante, que no considera delictiva la actuación del youtuber e
insta al querellante a acudir a la vía civil.
El abogado del
mensajero, Carlos Frígola, ha informado de que piensa solicitar la
aclaración de este auto porque considera que los hechos "no pueden quedar
impunes penalmente". El letrado asegura que la resolución "deja sin
pronunciamiento muchas cuestiones relevantes" de la querella y no descarta
incluso pedir el amparo del Tribunal Constitucional.