La defensa de los titiriteros detenidos en el carnaval de Madrid piden el archivo de la causa porque hay dibujos infantiles con más violencia. En el escrito presentado ante el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, los titiriteros defienden que los hechos investigados encajan en "el ejercicio al derecho fundamental a la creación artística", por lo que consideran que no constituyen ningún delito ni procede realizar más diligencias.
En sus alegaciones, sostienen que causa "estupor y hasta sonrojo" que se pretenda proseguir un procedimiento penal por incitación al odio por mostrar en una obra de ficción "una marioneta que representaba a una bruja que pegaba cachiporrazos a un agresor sexual, o apuñalaba a una monja que le robaba el hijo fruto de esa violación".
Y subrayan que existen dibujos animados como "Pokemon" o "Gormiti" dirigidos a menores -no como su obra, indican-, "en los que existen muchas más escenas de violencia, más realistas, más frecuentes, y más explícitas que las cuatro escenas que aparecen en la obra" de los titiriteros.
"Como era mayor la violencia empleada en los dibujos que los hoy adultos veíamos de niños, como Tom y Jerry o El correcaminos", añade el escrito, que también cita las películas de Quentin Tarantino o "la mayoría de los videojuegos que se comercializan, esencialmente destinados a niños y adolescentes, tienen como temática única o principal matar a seres humanos, sin que nadie se rasgue por ello las vestiduras".
Además, cita una sentencia del Tribunal Supremo por la que fueron absueltos dos condenados por la Audiencia de Barcelona en 2011 por difundir ideas genocidas y contra los derechos y libertades y que, para el alto tribunal estaban amparadas en la libertad de expresión.
También el escrito se refiere a otros fallos del Supremo para defender que Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez no incurren en ningún caso en un delito de enaltecimiento del terrorismo por mostrar en su obra una pancarta con el lema "Gora Alka-ETA".
Recuerdan que varias sentencias subrayan que en esta tipología penal "es importante no solo el tenor literal de las palabras pronunciadas sino también el sentido o la intención con que hayan sido utilizadas, su contexto y las circunstancias".