El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una orden del Ministerio de Sanidad por la que se elimina desde este sábado la obligatoriedad de usar mascarillas en la vía pública aunque se subraya la importancia de seguir llevando una siempre a mano por si cambian las circunstancias en espacios al aire libre.

Sin embargo, se mantiene la obligatoriedad de llevar la mascarilla puesta en espacios al aire libre cuando se produzcan aglomeraciones y no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes, tal y como ha indicado el Gobierno. En caso de no hacerlo cuando es obligatoria, la persona se podría enfrentar a una multa de hasta 100 euros.

También se enfrentan a la multa aquellos que no lleven la mascarilla en el transporte público, incluido en andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, al igual que en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no son convivientes. En estos lugares el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio.

Además, su uso sigue siendo obligatorio en el resto de espacios cerrados de uso público, como centros de salud, hospitales, o bibliotecas, así como en espacios cerrados abiertos al público, como son los supermercados o farmacias. Y en los servicios esenciales, como son, por ejemplo, los efectivos de un parque de bomberos, no tendrán que llevarla en sus guardias si el 80% está inmunizado.

¿Debo llevar mascarilla en las residencias de mayores?

El Gobierno ha indicado que en las residencias de personas mayores donde más del 80% de los residentes tenga la pauta de vacunación completa contra el coronavirus, los residentes no estarán obligados a llevar mascarilla, aunque sí tendrán que seguir utilizándola los trabajadores del centro y las personas que acudan a hacer una visita.

¿Y en en buques y embarcaciones?

En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de las mismas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave, siempre y cuando mantengan la distancia de seguridad de 1,5 metros.

¿Es obligatoria en eventos multitudinarios al aire libre?

Asimismo, la orden regula además el uso de la mascarillas en los eventos multitudinarios al aire libre, de modo que será obligatoria cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas.

Según el BOE, la evolución de la pandemia y las coberturas de vacunación que se están alcanzando en España permiten plantear el inicio de una reducción progresiva de algunas de las medidas de control de la transmisión, entre ellas la eliminación de las mascarillas en espacios abiertos.

Darias recuerda: lleva siempre una mascarilla a mano

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ya adelantó que las mascarillas dejarían de ser obligatorias en exteriores "siempre y cuando se respete una distancia de seguridad de metro y medio", pero destacó que habrá que tenerlas a mano por si no se dan esas condiciones y hay que utilizarla al aire libre.

Además, la ministra defendió que se trata de una medida "prudente" y "gradual", al tiempo que recordó que las Comunidades Autónomas se tendrán que amoldar, porque la ciudadanía necesita un "mensaje comprensible".

Galicia fue una de las primeras Comunidades en pedir que se eliminara el uso obligatorio de las mascarillas, excepto cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.