Investigación de la DANA

La jueza centra la responsabilidad en el Govern de Mazón y censura su "incapacidad": "No supo alertar, con resultado mortal"

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La magistrada desmonta los intentos por desviar la responsabilidad al Gobierno central por no declarar la emergencia nacional: a su juicio, esto "no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad" de la Generalitat.

Demoledor auto de la jueza de la DANA
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El nuevo auto de la jueza que investiga la gestión de la DANA, Nuria Ruiz Tobarra, es demoledor con el Govern de Carlos Mazón y con Salomé Pradas: la magistrada rechaza el intento de desviar la responsabilidad hacia el Gobierno central y la centra en la Generalitat, que, asevera, "no supo alertar, ni en tiempo ni acertadamente, a la población, con el resultado mortal conocido".

La magistrada, además, censura la ignorancia de la exconsellera, que admitió al declarar como imputada que no tenía conocimientos ni experiencia en emergencias, y que se intente señalar en cambio a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, que compareció esta misma semana en calidad de testigo.

Se trata de un auto, al que ha tenido acceso laSexta, por el que la jueza de Catarroja rechaza ordenar la prueba solicitada por una de las partes, la asociación Liberum, que pretendía que librara un oficio a la Presidencia del Gobierno y al Consejo de Seguridad Nacional para certificar si Pedro Sánchez lo convocó y, en su caso, requerir las comunicaciones entre la Presidencia y el Consejo.

Para la magistrada, "queda extramuros completamente del procedimiento penal el análisis de la Convocatoria del Consejo de Seguridad Nacional". La petición de esa prueba, agrega, "supone analizar la actuación del Gobierno de la Nación en materia de Seguridad Nacional, lo que carece de nexo causal alguno con los fallecimientos y las lesiones producidos el 29 de octubre" y que son objeto de su investigación.

En este sentido, recuerda que "el objeto de este procedimiento es el análisis del fallecimiento de 227 personas, una de ellas embarazada de 8 meses, una desaparecida y los lesionados, y la ausencia de decisiones para salvaguardar a la población".

Así, la jueza Ruiz Tobarra rechaza taxativamente el intento de señalar al Ejecutivo central y centra la responsabilidad en la Generalitat Valenciana, porque las competencias eran suyas. En este sentido, incide en que la ley establece que "el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana en el ámbito de sus competencias" y que a "la Conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el Mando Único de la emergencia".

"Las pruebas deben de centrarse en el referido nexo causal entre la inactividad de quienes se atribuye la condición de investigados, su posición de garantes y los fallecimientos", afirma la magistrada, que por ahora solo ha imputado a dos personas en esta causa: a la exconsellera Pradas y al que fuera su número dos, Emilio Argüeso.

La jueza también responde en este auto a quienes argumentan la procedencia de haber declarado la emergencia nacional. "Ni se declaró estatalmente, ni se propuso por la Administración Autonómica Valenciana, de la que formaban parte los investigados, como Consellera y Secretario Autonómico", recuerda la jueza, que entiende por tanto que "existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional". E incide: la declaración de emergencia nacional, en todo caso, "no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección".

Censura la "incapacidad" del Govern

"La incapacidad en la toma de decisiones", asevera la jueza en su auto, "no puede suponer la búsqueda reiterada de una normativa alternativa a la realmente aplicable". En este sentido, recuerda que "se ha alegado falta de experiencia, falta de conocimiento de la situación y se delegó la responsabilidad en los técnicos entre otros elementos exculpatorios", después de que Pradas, titular de Interior en el momento de la tragedia, declarase el viernes que no tenía conocimientos ni experiencia en materia de emergencias.

De igual modo, la jueza advierte de que "tampoco se puede pretender la justificación de dicha incapacidad a través de la reiteración en la atribución de responsabilidades a quien comparece como testigo, ni su sometimiento a una ordalía de preguntas propias de un investigado, pese a un previo pronunciamiento judicial expreso en contrario".

Se refiere así a la declaración como testigo de la delegada Pilar Bernabé, que este mismo lunes compareció durante casi siete horas. Esta actuación, condena, "es absolutamente contraria a cualquier tipo de garantía procesal y a las reglas de la buena fe que han de regir la actuación de las partes en el proceso penal".

En cualquier caso, la magistrada considera que "el desplazamiento de responsabilidad al Gobierno Central por la no declaración de emergencia nacional, no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad de la Administración Autonómica". Y esta, sentencia, "no supo alertar, ni en tiempo ni acertadamente, a la población, con el resultado mortal conocido y que exigiría, siguiendo dicha tesis exculpatoria, que se le arrebatara el mando de la emergencia".