Caso Begoña Gómez

El juez Peinado rechaza archivar la causa contra Begoña Gómez e imputa a la secretaria general de Presidencia del Gobierno

Los detalles Juan Carlos Peinado decide citar a Judith Alexandra González Pedraz el próximo día 12 de noviembre. Además, mantiene la imputación de cinco delitos a la mujer de Pedro Sánchez.

El juez Juan Carlos Peinado
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El juez Juan Carlos Peinado ha imputado a otro alto cargo de Moncloa en su causa contra Begoña Gómez. En un auto al que ha tenido acceso laSexta, el magistrado rechaza la petición de archivo de la causa presentada por la Fiscalía y las defensas de la mujer del presidente del Gobierno y Cristina Álvarez e imputa a la secretaria general de Presidencia, Judith Alexandra González Pedraz.

"En cumplimiento del mandato de la Audiencia Nacional, el juez acuerda la continuación del procedimiento por el tribunal del jurado respecto de los investigados por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, apropiación indebida, intrusismo y malversación de caudales públicos", recoge el auto.

Peinado cita a la nueva investigada el próximo día 12 de noviembre a las 09:30 horas. Además de a González Pedraz, Peinado llama a declarar a otros nueve testigos, entre ellos a Juan Carlos Doadrio, exvicerrector de la Universidad Complutense de Madrid, o a Diego Diego de Alcázar, presidente del Instituto de Empresa.

En su auto, Peinado también pide a Moncloa las agendas de Begoña Gómez y de su asesora para que las analice la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. Del mismo modo, requiere los pasaportes de ambas con "el fin de precisar fechas, duración, circunstancias y coincidencias de los viajes al extranjero realizadas por ambas".

A lo largo de las 44 páginas que conforman el escrito, Peinado habla de las dos vistillas celebradas el 27 de septiembre y el 6 de octubre. "En ambas comparecencias, los investigados, que habían sido debidamente citados en forma y por causas exclusivamente imputables a su propia voluntad, dejaron de comparecer sin alegar motivo alguno", cuestiona el magistrado. Cabe recordar que la ley no obliga a declarar, sino que lo recoge como un derecho.

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