La sección primera de la Audiencia provincial ha dictado una sentencia en la que absuelve al exministro de Medio Ambiente del delito de fraude a la administración, por el que la Fiscalía y la acusación particular solicitaban para él una pena de 3 años de cárcel.
El exdirector general de Deportes de Matas, José Luis "Pepote" Ballester, acusado de los mismos delitos, ha sido condenado a 4 años de inhabilitación para desempeñar empleos o cargos públicos por prevaricación e igualmente absuelto de fraude.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, los magistrados consideran que en el juicio no quedó probado que los procesados actuaran con intención de defraudar a la administración ni generar con su intervención un perjuicio al erario público.
La sentencia considera probado que para cumplir su compromiso electoral de construir un velódromo y hacer coincidir su inauguración con la celebración del Mundial de Ciclismo en Pista de 2007, Matas promovió la constitución de un consorcio entre varias instituciones y puso el proyecto, presupuestado inicialmente en unos 75 millones de euros, en manos de la fundación autonómica Illesport.
Esta entidad, elegida para eludir las restricciones de contratación que hubiera conllevado un proceso gestionado directamente por administraciones públicas, actuaba simulando el proceso preceptivo al dictado de Matas y bajo la gestión de Ballester.
Según los magistrados, este último, con la avenencia del presidente, escogió al arquitecto austríaco Ralph Schürmann para diseñar el velódromo "prescindiendo deliberadamente del necesario e imperativo procedimiento previo de contratación", y Matas determinó que colaboraran con él los arquitectos mallorquines García Ruiz.
Se documentó "de forma mendaz" que Schürmann era "el único" cuyas pistas homologa automáticamente la Unión Ciclista Internacional y se puso en marcha con formalidades simuladas un procedimiento que se vio alterado cuando, ante el retraso en la ejecución, en marzo de 2006 se despidió a este arquitecto y se puso la obra en manos de los hermanos Jaime y Luis García Ruiz.
"El consorcio era dirigido de facto por dos personas", Matas y Ballester, constata la sentencia, que afirma que, "consciente y deliberadamente", no se siguió "ninguna de las normas que rigen la contratación pública". Estas contrataciones "arbitrarias" constituyen para el tribunal delitos de prevaricación, cuyas penas atenúa por la dilación injustificada del procedimiento hasta llegar al juicio, que se celebró la segunda y tercer semana de septiembre.
En cuanto al presunto delito de fraude a la administración que imputaban a Ballester y Matas la Fiscalía y la Abogacía de la Comunidad, la Audiencia entiende que en la vista no quedó acreditado que con su conducta persiguieran una merma de las arcas públicas ni beneficiar a los arquitectos contratados.
"El velódromo finalmente se construyó, por lo que los fondos presupuestados (...) se destinaron al fin previsto", recoge el fallo, que agrega que "el artificio consistió, en realidad, en la utilización de la Administración instrumental para gestionar la construcción del velódromo, pero con el fin de evitar controles, y este artificio forma parte del delito de prevaricación".
Añade que no consta que la determinación de los honorarios de los arquitectos "fuera superior al precio de mercado para la contratación de una obra de tales dimensiones". Por otro lado, Jaume Matas está pendiente de la sentencia del juicio por la contratación del arquitecto Santiago Calatrava para diseñar un palacio de la ópera en Palma, en el que la Fiscalía pidió para él 1 año de prisión por prevaricación y tráfico de influencias.