La sección primera de la
Audiencia provincial ha dictado una sentencia en la que absuelve al exministro
de Medio Ambiente del delito de fraude a la administración, por el que la
Fiscalía y la acusación particular solicitaban para él una pena de 3 años de
cárcel.
El exdirector general de
Deportes de Matas, José Luis "Pepote" Ballester, acusado de los
mismos delitos, ha sido condenado a 4 años de inhabilitación para desempeñar
empleos o cargos públicos por prevaricación e igualmente absuelto de fraude.
Según ha informado el
Tribunal Superior de Justicia de Baleares, los magistrados consideran que en el
juicio no quedó probado que los procesados actuaran con intención de defraudar
a la administración ni generar con su intervención un perjuicio al erario
público.
La sentencia considera
probado que para cumplir su compromiso electoral de construir un velódromo y
hacer coincidir su inauguración con la celebración del Mundial de Ciclismo en
Pista de 2007, Matas promovió la constitución de un consorcio entre varias
instituciones y puso el proyecto, presupuestado inicialmente en unos 75
millones de euros, en manos de la fundación autonómica Illesport.
Esta entidad, elegida
para eludir las restricciones de contratación que hubiera conllevado un proceso
gestionado directamente por administraciones públicas, actuaba simulando el
proceso preceptivo al dictado de Matas y bajo la gestión de Ballester.
Según los magistrados,
este último, con la avenencia del presidente, escogió al arquitecto austríaco
Ralph Schürmann para diseñar el velódromo "prescindiendo deliberadamente
del necesario e imperativo procedimiento previo de contratación", y Matas
determinó que colaboraran con él los arquitectos mallorquines García Ruiz.
Se documentó "de
forma mendaz" que Schürmann era "el único" cuyas pistas homologa
automáticamente la Unión Ciclista Internacional y se puso en marcha con
formalidades simuladas un procedimiento que se vio alterado cuando, ante el
retraso en la ejecución, en marzo de 2006 se despidió a este arquitecto y se
puso la obra en manos de los hermanos Jaime y Luis García Ruiz.
"El consorcio era
dirigido de facto por dos personas", Matas y Ballester, constata la
sentencia, que afirma que, "consciente y deliberadamente", no se
siguió "ninguna de las normas que rigen la contratación pública".
Estas contrataciones "arbitrarias" constituyen para el tribunal
delitos de prevaricación, cuyas penas atenúa por la dilación injustificada del
procedimiento hasta llegar al juicio, que se celebró la segunda y tercer semana
de septiembre.
En cuanto al presunto
delito de fraude a la administración que imputaban a Ballester y Matas la
Fiscalía y la Abogacía de la Comunidad, la Audiencia entiende que en la vista
no quedó acreditado que con su conducta persiguieran una merma de las arcas
públicas ni beneficiar a los arquitectos contratados.
"El velódromo
finalmente se construyó, por lo que los fondos presupuestados (...) se
destinaron al fin previsto", recoge el fallo, que agrega que "el
artificio consistió, en realidad, en la utilización de la Administración
instrumental para gestionar la construcción del velódromo, pero con el fin de
evitar controles, y este artificio forma parte del delito de
prevaricación".
Añade que no consta que
la determinación de los honorarios de los arquitectos "fuera superior al
precio de mercado para la contratación de una obra de tales dimensiones".
Por otro lado, Jaume Matas está pendiente de la sentencia del juicio por la
contratación del arquitecto Santiago Calatrava para diseñar un palacio de la
ópera en Palma, en el que la Fiscalía pidió para él 1 año de prisión por
prevaricación y tráfico de influencias.