30 días para hacer una reseña

El Gobierno pretende prohibir las reseñas falsas en internet que perjudiquen a hostelería y turismo

Los detalles
Consumo quiere poner fin a las reseñas falsas en internet que acaban perjudicando a diferentes establecimientos. Los empresarios podrían solicitar la retirada de valoraciones cuando acrediten que no son verídicas o que el usuario no acudió al establecimiento.

ReseñaReseñaAgencias

Las valoraciones que hacen los usuarios en distintas webs muchas veces tienen más importancia de la que creemos. Leyendo un comentario u otro nos guiamos sobre cómo será el establecimiento, si está bien y merece la pena ir o, en cambio, al ver una mala experiencia, si es mejor acudir a otro lugar.

Por ello, Consumo quiere poner fin a las reseñas falsas en internet, aquellas que tantos restaurantes, hoteles o bares se han quejado de recibir y que acaban perjudicando a sus establecimientos.

De esta manera, el objetivo del departamento de Bustinduy es que los empresarios puedan solicitar la retirada de valoraciones cuando acrediten que no son verídicas o que el usuario no acudió al establecimiento.

Para garantizar la veracidad de las reseñas se van a utilizar varios instrumentos. Según ha podido saber laSexta, Consumo quiere modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: prohibirá la compraventa de reseñas y obligará a indicar si se ha verificado que la reseña ha sido interpuesta por un consumidor real, algo que ya recoge la ley.

Como novedad, Consumo obligará a dejar la reseña en los 30 días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio. Esto tiene la finalidad de garantizar que la reseña se corresponda con la opinión real y reciente de un cliente.

Además, el departamento de Bustinduy da la posibilidad de réplica por parte del empresario para garantizar que el consumidor recibe una información completa que le ayude a tomar su decisión de compra final.

El empresario también podrá solicitar la eliminación de la reseña cuando pueda acreditar que no es real. A diferencia de la propuesta italiana, en España se exigirá al empresario acreditar de forma fehaciente que la reseña no es real, bien porque el consumidor no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, bien porque su contenido no es verídico.

Como ha podido saber laSexta, al ser una norma de ámbito general, no se entra a concretar la forma en que el empresario deberá acreditar la falta de veracidad de la reseña, por lo que podrá utilizar elementos adaptados al caso concreto. Por ejemplo, podrá aportar pruebas que demuestren que una factura que se muestra en la reseña ha sido manipulada; pruebas que demuestren que los precios a los que aluden las reseñas no son reales; listas de clientes que acrediten que la persona que ha puesto la reseña no ha disfrutado del servicio, etc.