El Ministerio de Interior, dirigido por Fernando Grande-Marlaska, tras haber analizado todos los elementos y las tensiones provocadas por la escalada del conflicto en Gaza entre Israel y Hamás, ha decidido implementar una serie de medidas complementarias en el actual marco definido por el nivel 4 sobre 5 de activación antiterrorista.

Cabe resaltar que en España se mantiene el nivel 4 de alerta antiterrorista y desde el 26 de junio de 2015, con motivo de los sucesivos atentados que ocurrieron en Francia, Túnez, Kuwait y Somalia. Además, esta no es la primera ocasión en la que se establecen medidas complementarias al nivel. Desde entonces, se ha visto reforzado con medidas adicionales en diversas ocasiones, como cumbres europeas y mundiales, como la del clima en 2019, elecciones o fechas navideñas y de Semana Santa.

Entre las últimas medidas aprobadas por el ministerio, destaca el refuerzo de los dispositivos de seguridad sobre determinados puntos especialmente sensibles por todo el territorio nacional y el incremento de las medidas antiterroristas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

¿Qué es el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

El Nivel de Alerta Antiterrorista consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la valoración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento.

¿Cuántos niveles hay?

La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a riesgo alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto. Cada nivel lleva aparejada la inmediata puesta en marcha de un grupo de medidas específicas adaptadas a la naturaleza de la amenaza.

¿Quién decide la activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

La activación de cada NAA compete al ministro del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, en base a los informes de valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma que elabora un comité integrado por expertos en la lucha antiterrorista.

¿En qué se diferencia el nivel 5 al 4?

El nivel 5, para situaciones de riesgo muy alto, se reserva para amenazas de atentados inminentes. Se diferencia del 4, esencialmente, en la movilización de personal militar en las infraestructuras críticas, nudos de comunicación y lugares de gran acumulación de personas. Por el momento, no se ha aplicado.