El juez Eduardo Muñoz ha absuelto al Partido Popular como persona jurídica y a los tres dirigentes de la formación política que se sentaban en el banquillo de los acusados. El magistrado considera que no hay pruebas de que los ordenadores pertenecieran al extesorero del PP, Luis Bárcenas, por lo que no hay un delito de daños informáticos.

Los tres miembros que estaban imputados eran la extesorera Carmen Navarro; el responsable de informática, José Manuel Moreno, y el que era responsable de los Servicios Jurídicos, Alberto Durán. Para todos ellos pedían cuatro años de cárcel y para el Partido Popular, dos millones de euros de multa como persona jurídica.

En la sentencia absolutoria, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, se considera que no ha quedado probado que Carmen Navarro hubiera tenido alguna clase de intervención activa en la autorización, adopción o ejecución de la decisión de aplicar el procedimiento de borrado seguro de los discos duros de los dos ordenadores portátiles.

En la misma línea, la resolución resuelve que tampoco ha quedado probado que la intención de los acusados José Manuel Moreno y Alberto Durán -el primero al proceder al borrado y destrucción de los discos duros, y el segundo, al ordenar la aplicación del protocolo de borrado seguro implantado en el PP-, fuera la de causar un menoscabo económico a Luis Bárcenas.

En consecuencia, el magistrado, ha absuelto al partido del delito de daños informáticos, el único del que estaba acusado, porque ha quedado probado que uno de los ordenadores pertenecía a la formación política y sobre el otro se desconoce si era del PP o de Luis Bárcenas, ni que en los discos duros destruidos hubiera almacenado algún dato o archivo en el momento en el que José Manuel Moreno procedió al borrado seguro y destrucción de los soportes.