Isabel Díaz Ayuso le ha ganado el pulso al Gobierno central y finalmente ha recibido el visto bueno de Sanidad para poder aprobar el cierre perimetral por días, por el cual no se podrá salir de la región durante los puentes de Todos los Santos y de La Almudena.

Concretamente, la Comunidad de Madrid estará cerrada perimetralmente desde las 00.00 horas de este viernes, 30 de octubre, hasta el martes 3 de noviembre a las 00.00 horas, y desde el viernes 6 de noviembre a las 00.00 horas hasta el martes 10 de noviembre a las 00.00 horas.

Por otra parte, la región fija algunas excepciones para los desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; por cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

También se contempla en estas salvedades el retorno al lugar de residencia habitual o familiar, el cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Asimismo, se podrá salir o entrar en la región si se trata de desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; o por causa de fuerza mayor. Por otro lado, los trayectos en tránsito a través de la región quedan permitidos.

El resto de restricciones siguen vigentes

Por otro lado, continúan en vigor todas las medidas ya anunciadas anteriormente en la región, como la prohibición de permanecer en la vía pública entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, o el mantenimiento de zonas básicas de salud con restricciones de movilidad, horarios y aforos o la asistencia a cementerios ubicados en estas áreas confinadas.

Asimismo, sigue el límite a un máximo de seis personas la participación en reuniones para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, sean convivientes o no convivientes, o el aforo del 50% en lugares de culto, donde se debe garantizar las medidas generales de seguridad e higiene dictadas por las autoridades sanitarias y siendo obligatorio el uso de mascarilla.

No obstante, en las zonas básicas de salud con restricciones la asistencia a lugares de culto no puede superar un tercio de su aforo y se deberá garantizar en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla. En este caso, los ciudadanos de estas zonas solo podrán salir a un cementerio ubicado fuera de su área si es para acudir a un entierro.