El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha decidido conceder un permiso de 12 días para salir de prisión al extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas. Un permiso del que, en el mejor de los casos, podría disfrutar a partir de abril. Por otra parte, deniega la progresión al tercer grado y la aplicación del artículo 100.2.

En el auto del juez se destaca que la salida ha sido propuesta por unanimidad por la Junta de Tratamiento. También se tiene en cuenta que Bárcenas ha pasado ya un periodo de tres años y cuatro meses en libertad provisionalsin que se haya dado ninguna incidencia o intento de fuga. Destaca así que "la asunción de responsabilidad" por parte de Bárcenas resultaría "incompatible con la idea de su quebrantamiento", además de su situación familiar, con apoyo externo, especialmente de su hijo, lo que, entiende el juez, anularía dicha posibilidad en una persona consecuente.

En otro auto, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ratifica la decisión de la Junta de Tratamiento de mantener al extesorero del PP en segundo grado y denegarle el tercer grado, al tiempo que rechaza la aplicación del artículo 1002. Explica que no queda "plenamente acreditada una evolución favorable más allá de circunstancias penales y penitenciarias de normal convivencia que permite afirmar que el penado se encuentra, en el momento actual, capacitado para llevar un régimen de vida en semilibertad".

"Es tiempo, por tanto de consolidación de factores positivos existentes, debiendo hacerse una valoración de la conducta global del penado con especial insistencia en su actitud y comportamiento durante el disfrute del permiso ahora iniciado, potenciando la vía tratamental con especial incidencia en las variables o factores de inadaptación existentes", concluye dicho texto.