CaixaBank tendrá que
hacer frente a una sanción de 31,8 millones; Banco Santander, a una de 23,9
millones; BBVA, a 19,8 millones y Banco Sabadell, a 15,5 millones, con lo que
la suma de las multas se eleva a 91 millones, según detalla la CNMC en un
comunicado.
Además, la institución
conmina a las cuatro entidades para que en el futuro se abstengan de conductas
como ésta, tras concluir que, antes de realizar la oferta al cliente, los
bancos se ponían de acuerdo para fijar unas condiciones alejadas de las que se
habían comprometido a proporcionar.
De ese modo daban la
imagen de que cada una de las entidades estaba consultando las
"condiciones de mercado". Estos derivados eran utilizados como
instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés asociado a créditos
sindicados para la financiación de proyectos.
La conducta acreditada
por la CNMC supone una infracción "muy grave" del artículo 1 de la
Ley 15/2007, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea durante al menos diez años (2006 hasta 2016).
Los hechos se
investigaron a raíz de una denuncia presentada por una empresa dedicada a la
promoción, construcción y explotación de parques e infraestructuras eólicas.
Durante la investigación se tuvo acceso a documentación aportada por otras 22
empresas, correspondiente a 43 operaciones de derivados asociados a créditos
sindicados contratados entre 2006 y 2016 para la financiación de proyectos
("project finance").