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NUEVA LEY DE TRÁFICO

Con la reforma de la DGT tendrás que olvidarte del móvil si no quieres perder 200 euros y 6 puntos

Con los cambios previstos se endurecen las sanciones en torno al uso del teléfono durante la conducción

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La presencia de los teléfonos al volante se ha incrementado de manera exponencial en los últimos años provocando infinidad de accidentes: se ha convertido en uno de los principales motivos de distracción y su uso multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente: un riesgo equiparable a la conducción con exceso de alcohol. Razones por las que la DGT ha decidido endurecer las sanciones relacionas con este dispositivo a través de la nueva Ley de Tráfico: conducir sujetando con la mano un móvil será objeto de sanción… aunque el conductor no lo esté usando.

Como sabéis, la nueva Ley de Tráfico afronta su recta final antes de entrar en vigor: algo que se producirá en el momento en el que se publique en el Boletín Oficial del Estado. Este jueves, la Comisión del Interior del Congreso ha aprobado el texto con competencia legislativa plena para enviarlo al Senado y continuar con su recorrido parlamentario. Si todo va según lo previsto, todas las medidas que contiene se activarán en octubre.

Usar el móvil: 6 puntos menos

Dos de ellas están relacionadas, como decíamos, con el uso del teléfono móvil al volante. La reforma de la DGT ha revisado el Anexo II de la antigua ley: un apartado en el que se regulan las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos del carnet de conducir así como la pérdida para cada una de estas sanciones. A partir de ahora, usar el móvil mientras conducimos supondrá una pérdida de 6 puntos en lugar de los 3 actuales. Lo que sí se mantiene en la multa económica: 200 euros.

Móvil en el coche
Móvil en el coche | PIXABAY

Sujetar el móvil: 6 puntos y 200 euros

Otro de los puntos que han modificado es el Párrafo G del Artículo 76 que estable las acciones que serán objeto de sanción cuando entre en vigor la nueva normativa: “Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a la anterior, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros”.

O lo que es lo mismo: la nueva Ley de Tráfico prohíbe que el conductor circule con el móvil en la mano aunque no lo esté utilizando para llamar, enviar un mensaje, introducir una dirección en el navegador, activar una lista de reproducción… Un gesto que será sancionado con la misma cuantía que en el caso anterior (200 euros) y la misma pérdida en el permiso de conducir: 6 puntos.

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