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¿Llevar a mi perro en un autobús o taxi? Lo que dice la nueva Ley de Bienestar Animal

La nueva ley animal aprobada en el Congreso de los Diputados especifica cómo debemos llevar a nuestra mascota en transporte público y privado.

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Hace tan solo unos meses esclarecíamos sobre la manera correcta de llevar a nuestra mascota en el coche según la nueva Ley de Bienestar Animal. En este caso, desde Centímetros Cúbicos te contamos si es posible subir a tu perro o gato en un autobús o en un taxi.

El Congreso de los Diputados aprobó hace unos meses una nueva ley animal que tenía enfrentado al Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos. ¿El motivo? Los perros de caza, quienes finalmente han quedado excluidos de esta norma. Entre una larga lista de medidas, el texto aclara qué es lo que ocurre con los animales domésticos en el transporte público.

"No constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, en las ordenanzas municipales o normativa específica", clarifica la nueva ley animal sobre si podrán subir o no las mascotas tanto en el transporte público como en el privado.

Perro en el interior de un coche
Perro en el interior de un coche | Newspress

Asimismo, salvo causa justificada, los conductores y conductoras del servicio público del taxi, así como como los Uber o Cabify deberán facilitar en todo momento la entrada de animales de compañía en sus vehículos.

Así deberás llevar a tu perro o gato en el transporte público

Las personas que tengan animales domésticos, deberán llevar a su perro o gato conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y, en todo momento, respetando las medidas de seguridad que determine el establecimiento o el medio de transporte, así como la legislación sectorial específica. En caso de que se traten de perros de asistencia y pertenecientes a las Fuerzas Armadas o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán acceder a cualquier espacio acompañando a la persona a la que asistan.

Los establecimientos públicos y privados, es decir, hoteles, restaurantes, bares y en cualquier otro lugar en el que se consuman bebidas y comidas, deberán facilitar la entrada de animales de compañía siempre y cuando no supongan un riesgo para las personas u otros animales.

En cuanto a los trenes tanto de corta, media y larga distancia, transporte marítimo y aviones, tienen que tener previstas una serie de medidas necesarias para poder garantizar, respetando siempre las condiciones de seguridad e higiénico sanitarias exigidas por ley, las medidas necesarias para poder garantizar el transporte de los animales de compañía.

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