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Y que puede conllevar penas de cárcel

La forma más arriesgada y tonta de recibir una multa y perder 4 puntos

Fumar en el coche puede implicar diversas distracciones, pero arrojar una colilla por una ventanilla puede generar un incendio que no solo te costaría una multa.

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Pese a que el verano ya está dando sus últimos coletazos la DGT sigue ojo avizor, sobre todo con aquellos conductores que fuman. Y es que el mero hecho de encender un cigarrillo o fumar mientras conducimos puede implicar numerosas distracciones al volante, lo que ha provocado que se estudie su legalidad. Sin embargo, lo que sí conlleva no solo multas de 200 euros y pérdidas de 4 puntos del carnet sino también hasta penas de cárcel es arrojar colillas por la ventanilla, acción que se vigilia muy de cerca.

Así lo recuerda la Dirección General de Tráfico a través de sus redes sociales, dando a entender que, aunque el verano está terminando, el riesgo de incendio en esta época del año sigue siendo una posibilidad muy real y peligrosa. De esta manera, la DGT sigue vigilando con extrema precaución a aquellos conductores que no osen respetar dicha norma, entre otras.

Según el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico el 80% de los incendios forestales son intencionados o tienen origen en una negligencia o accidente. Y es que un 3% de los incendios forestales se debe a una colilla de cigarrillo arrojada desde la ventanilla de un coche, lo que puede derivar en una pena de cárcel.

El mero hecho de decidir no apagar la colilla en el cenicero del coche y arrojarla por la ventanilla cayendo sobre materia vegetal seca es lo que provoca esos incendios que, a su vez, se encargan de devorar hectáreas de vegetación y, en algunos casos, cobrarse vidas humanas. De esta forma, la DGT no titubea a la hora de aplicar sanciones sobre aquellos fumadores lo suficientemente irresponsables como para arrojar el cigarrillo al exterior.

Y es que, tal y como reza la ley, “Se prohibe arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial”, la cual se recoge en el artículo 12 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad.

Con esto, la multa es, como mínimo, de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet, aunque no estaremos exentos de sufrir penas de cárcel independientemente de que el incendio sea provocado adrede o no, ya que estaríamos cometiendo un delito de imprudencia. A su vez, esta misma sanción se aplica en caso de arrojar otros objetos que, como dicta la ley, “puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquella o sus instalaciones.”

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