SON MÁS DEL 20 %

El Gobierno da un últimatum a las energéticas para resolver el problema de los cargadores inoperativos

El Ejecutivo se pone serio con los muchos puntos que aún no funcionan en nuestro país, que se sitúan en el 22 % según los datos más recientes de Anfac.

Cargadores aceras itselectric

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Es una chapuza que haya una parte importante de cargadores de coches eléctricos que, por una razón u otra, no funcionen a pesar de que están instalados. No obstante, y para buena noticia de todos, el Gobierno ha decidido tomar cartas en el asunto. Por ello, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ejecutivo va a dar un plazo de 80 días a las compañías energéticas para que esos puntos estén conectados por fin a la red. La disposición se ha publicado dentro del Real Decreto Ley de medidas urgentes para reforzar el sistema eléctrico de nuestro país, aprobado el pasado martes de julio por el Consejo de Ministros y publicado al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado.

Hay faena: más de 10.000 cargadores no funcionan

Tal y como hemos contado en los últimos meses haciéndonos eco de estudios, más del 20 % de todos los puntos de recarga que hay en España para coches eléctricos no funcionan. Los datos más recientes que esbozó la patronal de los fabricantes, Anfac, hablan de 11.446 estaciones. Un 22,8 % del total, casi nada. Las razones que explican el porqué no funcionan son diversas: lentitud de los trámites burocráticos, vandalismo, problemas técnicos, etc. Para haceros una idea de la dimensión del problema, con todos a pleno rendimiento hubiéramos superado incluso el objetivo marcado para 2023 con 50.171. Asimismo, hubiéramos tenido algo más cerca la meta de 64.000 fijada para el año pasado.

Así las cosas, la nueva normativa establece que las distribuidoras tendrán solamente cinco días para conectar el ‘enchufe’ a la red de distribución en caso de no tener que ampliar los cables eléctricos, 30 días si lo tienen que hacer, 60 días si necesitan construir un centro de transformación y los citados 80 días en caso de que se necesiten construir varios.

Un periodo que puede variar mucho

Si el suministro tiene que conectarse a la red de alta tensión para un consumidor con un suministro igual o inferior a 66 kilovoltios (kV) el plazo máximo también es de 80 días. Por el contrario, para otros suministros de alta tensión el plazo entonces sí que "se determinará en cada caso en función de la importancia de los trabajos a realizar". Cuando la nueva extensión de red que se exige sea ejecutada por una empresa instaladora a cargo del solicitante, y no por la distribuidora, la compañía eléctrica deberá revisar el proyecto en 10 días hábiles para aceptarlo o para pedir subsanaciones, en cuyo caso la empresa tendrá otros 10 días.

Si pide nuevas subsanaciones, estas "solo podrán ser derivadas de los datos solicitados o porque no se hayan tenido en cuenta las correcciones indicadas". Lo mismo pasa una vez que se avisa a la distribuidora el final de las obras de nueva extensión de red. La empresa eléctrica tiene 10 días para verificar el resultado, tras los cuales debe aceptar el proyecto propuesto o fijar requisitos, en este caso tiene otros 10 días. Y si se piden nuevas subsanaciones, estas solo pueden relacionarse con las ya avisadas antes. A partir de aquí y una vez se dé la documentación a la distribuidora para formalizar la cesión, la empresa distribuidora tendrá 15 días hábiles para firmarla.

Para acabar, y esto no es menos importante, en la normativa también se fija una exención para las autorizaciones administrativas gubernamentales previas que se pedían hasta ahora. En otras palabras: las empresas con estaciones ultrarrápidas no tendrá que estar esperando la autorización del Estado para operar, siempre y cuando no sea estrictamente necesario un reconocimiento general del proyecto.

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