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El exceso de velocidad es una de las infracciones más comunes

¿Cuándo el exceso de velocidad te puede llevar a la cárcel?

Las infracciones por exceso de velocidad son de las más frecuentes, y cuando se excede de cierto límite... la cosa se pone aún más seria

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El exceso de velocidad es, sin ningún género de dudas, uno de los problemas más graves a los que nos enfrentamos en la carretera ya no sólo las autoridades encargadas de controlar el comportamiento de los conductores, sino también sino también nosotros como conductores, ya que, al final, nosotros somos los principales perjudicados cuando se llevan a cabo éste tipo de actitudes.

Como dato, sólo en 2018 se impusieron más de 2.5 millones de sanciones por exceso de velocidad, aunque cabe destacar que sólo una pequeñísima proporción de esas sanciones está vinculada a un delito por exceder demasiado el límite de velocidad. ¿Es posible ir a la cárcel por saltarse el límite de velocidad? La respuesta es sí: es posible acabar en prisión. Te lo explicamos en este VÍDEO.

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La consideración del Supremo basa su lógica en la equiparación de los radares fijos y los radares móviles, siempre y cuando los móviles estén situados en un vehículo de tenido o fijado en un trípode. De este modo, hasta la fecha cualquier radar que pudiese ser trasladado estaba sujeto a un margen de error del 7%, sin embargo tras esta sentencia los radares móviles que sean utilizados en vehículos detenidos o haciendo uso de dispositivos de sujeción que impidan su movimiento, pasarán a ser considerados radares estáticos con la aplicación de un margen de error del 5%.

Como cabría esperar el fallo del tribunal superior ha levantado ampollas ya que la rebaja de los márgenes hasta el 5% puede suponer una gran diferencia en tanto a la multa como era el caso del recurso presentado. Además, no podemos olvidar que hace apenas unas semanas la DGT estrenaba los nuevos 60 radares móviles Veloláser cuyas características permite la aplicación de esta rebaja del margen de error.

Así quedan los márgenes de error al aplicar el 5% a los límites de velocidad máxima:

Si la velocidad máxima de la vía es de 20 km/h, el radar salta a los 21 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 30 km/h, el radar salta a los 31,5 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 40 km/h, el radar salta a los 42 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 50 km/h, el radar salta a los 52,5 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 60 km/h, el radar salta a los 63 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 80 km/h, el radar salta a los 84 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 90 km/h, el radar salta a los 94,5 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 100 km/h, el radar salta a los 105 km/h (5%)

Si la velocidad máxima de la vía es de 120 km/h, el radar salta a los 126 km/h (5%)

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