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A LO LARGO DE 2021

Año nuevo, normas nuevas: ¿cuándo entra en vigor la Ley de Tráfico?

El día 2 de enero se hicieron efectivas todas las reformas incluidas en el Reglamento de Circulación y Vehículos: ¿cuáles son y qué pasa con las demás?

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A finales de 2020 vio la luz la nueva Ley de Tráfico, que llegó de la mano de una serie de reformas con las que se aspira a mejorar la seguridad vial reduciendo en un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico. Medidas que se pondrán en marcha a lo largo de 2021, pero ¿cuándo entrarán en vigor concretamente?

El 2 de enero de 2021 se hicieron efectivas todas las reformas que atañen al Reglamento de Circulación y Vehículos. O lo que es lo mismo: por ahora sólo se ha implementado la nueva regulación que afecta a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) definidos como aquellos de una o más ruedas que tienen una sola plaza y están propulsados exclusivamente por motores eléctricos, que pueden alcanzar una velocidad máxima de 6 a 25 km/h.

Considerados un vehículo más, los patinetes y demás formas de movilidad personal no podrán circular por las aceras, zonas peatonales, túneles urbanos, travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías aunque estén dentro de poblado. A esto hay que añadir el certificado de circulación sobre el que todavía no se han pronunciado las autoridades.

Nuevos límites de velocidad

¿Y qué pasa con el resto de nuevas normas? Entrarán en vigor a lo largo del año: algunas tienen fechas y otras están a la espera. Las reformas aplicadas a la velocidad máxima de las ciudades, que han sido recogidas en el Artículo 50, se pondrán en marcha seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Nuevos castigos

Lo que todavía no se sabe es cuándo entrarán en vigor los nuevos preceptos que hacen referencia a la Ley de Seguridad Vial ya que antes de aprobarlos, hay que debatirlos en el Congreso y en el Senado. Entre estas medidas encontramos la supresión de la posibilidad de rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las vías convencionales para adelantar a otros vehículos.

A esto hay que añadir todas las infracciones que hay aumentado sus sanciones a nivel económico y administrativo: conducir usando o sosteniendo el teléfono (500 euros y seis puntos menos en el carnet de conducir), no emplear o emplear de forma incorrecta los sistemas de seguridad como el cinturón, las sillas infantiles o el casco (retirada de cuatro puntos), llevar o usar detectores de radares (200 euros y la pérdida de tres puntos) o emplear dispositivos de intercomunicación no autorizados a la hora de hacer la prueba teórica del carnet (500 euros y una penalización de seis meses sin poder presentarse a ninguno de los exámenes de la DGT.

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