Cuando hay unas elecciones en el horizonte, siempre ocurre lo mismo: multitud de encuestas y sondeos se van publicando sobre la estimación de voto de la sociedad hasta que un día, de repente, dejan de aparecer. ¿Qué es lo que ocurre? Que se cumple la ley. En cualquier proceso electoral en España, sean unas generales o unas autonómicas como las vascas y catalanas, que se celebran en las próximas semanas, la publicación de encuestas se rige por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Y es esta ley la que indica cuándo se tienen que dejar de publicar encuestas. Aunque no explica por qué.

Según queda recogido en el artículo 69 de la LOREG, en su séptimo punto, se prevé la "prohibición de publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación" durante "los cinco días anteriores al de la votación". En el caso de las elecciones vascas, las encuestas se podían publicar como máximo hasta el lunes 15 de abril ; en el caso de las catalanas, las encuestas siguen vigentes y legales hasta el lunes 6 de mayo. Hasta 2011, la LOREG sólo contemplaba la prohibición de publicación y difusión de sondeos, pero aquel año añadieron el término 'reproducción' al artículo.

Multas y sanciones por publicar encuestas fuera de plazo

Y como toda prohibición, existe una sanción derivada. En este caso está recogida en el artículo 145 de la misma LOREG, sobre delitos en materia de encuestas electorales. "Quienes infrinjan la normativa vigente en materia de encuestas electorales serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de uno a tres años". Esto es lo que reza la ley que, además, en su artículo 153 prevé sanciones económicas "de 3.000 a 30.000 euros" a las infracciones de lo dispuesto sobre régimen de encuestas electorales. Y lo cierto es que se ha aplicado en algún caso.

En 2022, la Junta Electoral Central impuso una multa de 3.000 euros a R. P. F., administrador único de Argentum Analytics, la empresa propietaria de ElectoManía, que difunde sondeos y publica encuestas propias en periodos preelectorales. En concreto, fue sancionado por publicar una serie de EmojiPaneles, una especie de sondeos que incluyen alusiones gastronómicas en referencia a los partidos, los días 8 y 11 de mayo de 2022, dentro de los últimos días previos a las elecciones autonómicas de Castilla y León. Su publicación tuvo lugar en forma de comentarios publicados en la red social Twitter (ahora, X).

¿Por qué decidió multar la JEC? La Junta Electoral consideró que este EmojiPanel constituía una "forma alegórica de cubrir un sondeo electoral", dado que el color de cada alimento era fácil de asociar "a cada formación política", permitiendo "vincular de manera sencilla esos porcentajes a la intención de voto correspondiente a cada candidatura". La intención de la compañía, según alegó la JEC, era eludir esta prohibición, "que deben cumplir todos los organismos dedicados a la elaboración de encuestas electorales" y, por lo tanto, podría tratarse de un "acto realizado en fraude de ley que no impide la debida aplicación de la norma que se ha tratado de eludir".

Eso sí, en aquel caso, era la primera denuncia de este tipo, aunque la Junta Electoral aseguraba que el hecho de que hasta esa fecha no hubiera habido "ninguna denuncia de prácticas análogas" no lo convertía en algo "admisible desde el punto de vista legal". Años atrás, en 2001, la Junta Electoral amenazó con hacer uso de esta normativa y multar a los que incumplieran la legislación después de que varios medios de comunicación se hicieran eco de las palabras del entonces portavoz de Izquierda Unida en el Congreso, Felipe Alcaraz, sobre la encuesta del CIS de las elecciones vascas,

¿Pero por qué son ilegales entonces los sondeos?

La duda reside en la razón por la que la Junta Electoral prohíbe la difusión de encuestas y sondeos los cinco días previos a las elecciones. Las encuestas son un retrato de un posible resultado de unas elecciones y, como tal, pueden influir en los mismos, al igual que lo hacen los programas de los partidos o los debates electorales.

Es por eso que la ley está establecida para que los votantes puedan tomar una decisión libre y sosegada, que no influyan de forma negativa en la intención de voto y evitar así que se impulse a un candidato u otro o se genere la falsa narrativa de que los resultados ya están decididos y esto acabe provocando una alta abstención.

¿Pero tienen una influencia real en los resultados? Según datos del CIS recogidos por InfoLibre, hasta dos tercios de los posibles votantes hacen un seguimiento de las encuestas durante las campañas electorales; y según algunos estudios, hasta un 6% de los votantes se podrían dejar llevar por los sondeos. No obstante, mientras que algunos expertos consideran que sí tienen influencia en la decisión, principalmente, de los votantes indecisos, son muchos los politólogos y sociólogos que advierten de que las encuestas no condicionan la opinión de los ciudadanos.

Sin ir más lejos, hace solo cinco años, el presidente de la consultora demoscópica GAD3, Narciso Michavila, aseguró en una entrevista que las encuestas influían "mucho menos de lo que los periodistas y políticos creen". Esto no quiere decir, no obstante, que "no tengan ningún impacto": "La prueba es que ahora mismo estamos comparando los resultados de los partidos nuevos, no con lo que obtuvieron en las últimas elecciones sino con lo que las propias encuestas les estaban estimando hace unos meses. Pero, al final, en el voto son tantas las decisiones que entran en juego, que las encuestas tienen la capacidad de condicionar, nunca de determinar el resultado final".

¿Están prohibidas estas encuestas preelectorales en otros países?

En la actualidad, las encuestas en los días previos a las elecciones están prohibidas en muchos otros países, aunque en otros no existe ningún tipo de limitación a la difusión de sondeos. Según los datos recopilados por la Red de Conocimientos Electorales (ACE), en un 28% de los países del mundo está prohibido publicar encuestas en los días previos a una cita electoral: en Canadá, Noruega, Francia o Polonia, por ejemplo, no se pueden difundir encuestas el día anterior de unas elecciones; mientras, en Argentina, no se puede hacer en los últimos nueve días.

En la misma situación que España —es decir, donde no se pueden publicar encuestas los últimos cinco o seis días— están también Rusia, Kazajistán, Tayikistán y Bielorrusia, mientras que en Rumanía, República Checa o México no se pueden publicar los tres días previos a unos comicios.