La primera sentencia que indemnizó a una víctima de acoso sexual en el trabajo en España se dictó en 1993. "Abrió una vía de reclamación y de indemnización de daños y perjuicios a favor de las mujeres que padecían acoso sexual", señala José Fernando Lousada, el magistrado que la dictaminó.
Sin embargo, más de dos décadas después de aquella sentencia pionera, solo se denuncia el 8% de los casos, según Eurofund. "Lo primero que piensas cuando te viene un caso de acoso es: 'Menudo marrón me ha tocado'", admite este juez del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Y es que las dificultades para denunciar son muchas. En este sentido, explica el magistrado, a menudo las mujeres que sufren acoso sexual no se atreven a plantear "la queja en toda su intensidad" ante el departamento de Recursos Humanos de sus empresas.
La situación puede ser incluso más complicada si la persona contra la que se dirige la queja es un trabajador "básico dentro de la organización de la empresa" y esta prefiera prescindir de la víctima antes que del acosador. Este escenario, apunta el juez, "retrae muchísimo más a la hora de realizar una denuncia y eso la víctima lo sabe".
El juez Lousada cree que "sería bueno" introducir "correcciones legislativas" en lo relativo al acoso sexual, como "integrar el acoso sexual dentro de la Ley Orgánica de Violencia de Género" y "concretar más las obligaciones de las empresas" para "que no haya dudas interpretativas".
En este sentido, la ley actualmente establece que todas las empresas tienen la obligación de "adoptar medidas de prevención y sanción del acoso sexual y del acoso sexista", indica el magistrado. Sin embargo, admite, esto no se cumple "demasiado".
Aunque, según su experiencia, en un principio esto se debía a que las empresas carecían de protocolos, últimamente "en muchas ocasiones, el problema es la implantación".
"Las grandes empresas pueden tener perfectamente asumido en su cúpula lo que hay que hacer", indica, pero "tienen que aplicarlo los mandos intermedios". "Si no hay capacitación de los mandos intermedios, lo que acaba ocurriendo es que el esfuerzo que han realizado estas empresas para luchar contra el acoso sexual queda diluido o ineficaz".
En el TSJG, existe un protocolo ante el acoso sexual solo desde hace dos años, a pesar de que la ley lo exige desde 2007. "No hemos sido todo lo diligentes que debiéramos, pero, finalmente, lo tenemos", reconoce.
"Ojalá lo hubiéramos sabido antes", lamenta
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