En un acto franquista
"Es requisito del procedimiento": Bea de Vicente explica por qué Fiscalía no puede entrar de oficio en la agresión sexual a dos mujeres de Femen
En el programa, ha expuesto que estos delitos el perjudicado ha de presentar denuncia y que, aunque llegue a retirarla, Fiscalía puede seguir adelante. El agresor se puede enfrentar a penas de uno a cuatro años de cárcel.

Una agresión sexual. Una a dos mujeres. A dos activistas de Femen. Es lo que se vio, lo que se vivió, frente a la Parroquia de los Doce Apóstoles en Madrid. Es lo que sucedió en un acto franquista en el que un fascista con la bandera preconstitucional manoseó en repetidas ocasiones los pechos a dos mujeres que allí se encontraban. A pesar de estar grabado, Fiscalía no puede entrar de oficio en este tipo de delitos.
Bea de Vicente, en Más Vale Tarde, ha explicado el motivo y qué diferencia a este hecho de otros punibles y delictivos. "Hay delitos públicos como son los homicidios en los que no hace falta denuncia para que Fiscalía actúe. Luego están los privados como son las injurias y las calumnias que una vez se retira la denuncia ya se acabó. En estos, en los semipúblicos, el perjudicado es requisito del procedimiento y ha de presentar denuncia".
"Ahora bien, en cuanto la presenten aunque la retiren Fiscalía ya puede continuar. Tiene que ser el perjudicado quien presente la denuncia, yo no puedo, es por la perseguibilidad", ha expuesto.
De Vicente ha hablado sobre la actitud de quien realizó la agresión sexual: "Este caballero ejerce un delito continuado sobre cada una de ellas y son penas de uno a cuatro años. Además lo hace con cierta violencia".
"Este señor algo tiene, incluso en su rostro me da que tiene cierta alteración psíquica", ha dicho para concluir para afirmar que considera que las víctimas "van a interponer una denuncia". El delito prescribe en cinco años.
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