Análisis
El abogado Manuel Hernández analiza la "tendencia al alza" de adoptar para heredar: "Tienes una serie de obligaciones"
El letrado ha explicado que normalmente se suele realizar con los hijos de tu pareja, pero que ello conlleva una serie de obligaciones como garantizar la alimentación o la vivienda del adoptado.

Rafaella Carrá adoptó a su secretario personal para que pudiera heredar sus bienes una vez que falleciera. Una actuación que Manuel Hernández, de Vilches Abogados, ha señalado que en los últimos tres o cuatro años se ha convertido en una "tendencia al alza".
Según el letrado, esta decisión se toma para "generar derechos sucesorios, normalmente sobre los hijos de la pareja": "No es tanto el hecho de tener un régimen económico matrimonial de separación de bienes o de gananciales, sino el momento en el que mi padre, que no es biológico, fallece y yo realmente soy el hijo de mi madre biológica, los hijos de mi padre biológico tienen muchos más derechos que yo. Es una manera de equiparar porque ese matrimonio ha generado un patrimonio".
Manuel Hernández ha explicado que no necesariamente tienes que ser huérfano para poder ser adoptado por otra persona, pero sí se pierde "el vínculo que tienes paternofilial" con tu progenitor: "No heredas dos veces".
Ahora bien, la persona adoptante tiene una serie de obligaciones, independientemente de la edad del adoptado, como es garantizar la alimentación y la vivienda.
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