propuesto por vox
Joaquim Bosch advierte: "No todo lo que no nos gusta puede prohibirse; el burka es discriminatorio, pero puede estar amparado por la libertad religiosa"
El magistrado alerta del núcleo de la ley de Vox sobre burka y niqab: sanciona a las mujeres. "Combatir una discriminación castigando a las propias víctimas difícilmente puede generar más igualdad".

"No todo aquello que no nos gusta o que es contrario a las visiones mayoritarias de una sociedad puede ser prohibido". Con esta premisa ha comenzado su análisis el magistrado Joaquim Bosch al valorar la proposición de ley de Vox que plantea prohibir el uso del burka y el niqab. Una iniciativa que numerosas voces califican de islamófoba y que la formación de ultraderecha presenta como una supuesta defensa de las mujeres españolas, al sostener que "el islamismo es una amenaza para nuestra identidad".
La propuesta lleva a la Cámara Baja el debate sobre la prohibición de dos velos concretos: el burka, que cubre completamente el cuerpo y el rostro de la mujer, y el niqab, que deja visible únicamente la zona de los ojos. Otros velos como el chador o el hiyab, el más común, quedarían fuera de la prohibición.
Bosch no ha eludido el debate de fondo en Al Rojo Vivo. "A mí, personalmente, el burka me parece una prenda de carácter discriminatorio que margina a las mujeres en el contexto en el que se utiliza", ha reconocido. Sin embargo, ha introducido un matiz clave: "Eso no significa que no pueda estar amparado, en determinados contextos, por la libertad religiosa".
Para explicarlo, ha recurrido a un ejemplo del ámbito religioso mayoritario en España. "En la Iglesia Católica, las mujeres no pueden ser sacerdotes ni ocupar cargos directivos. Es evidente que se trata de una situación de discriminación que no sería admisible en otros ámbitos", ha señalado. No obstante, ha añadido, "la jurisprudencia establece que, dentro del ámbito de la libertad religiosa, si estas prácticas son aceptadas internamente, pueden considerarse conformes a la Constitución". Y ha subrayado: "No es lo mismo el burka que la organización interna de la Iglesia Católica, pero el problema jurídico de fondo es el mismo: hasta dónde puede llegar el principio de igualdad cuando entra en juego la libertad religiosa".
El magistrado ha recordado que esta cuestión ya fue analizada por el Tribunal Supremo, cuando el Ayuntamiento de Lleida aprobó una resolución para prohibir el burka en determinados espacios públicos. Aquella medida fue anulada por motivos formales, al considerar el alto tribunal que un ayuntamiento no tenía competencias para regular una materia que solo puede abordarse mediante una ley estatal. Pero el Supremo fue más allá y advirtió de un riesgo añadido: que la prohibición terminara expulsando a las mujeres de los espacios de socialización, agravando así su aislamiento.
Bosch ha insistido también en un elemento central de la propuesta de Vox: las sanciones. "Lo que plantea esta iniciativa es castigar a las mujeres que llevan el burka", ha advertido. "Combatir una discriminación sancionando y perjudicando a las propias víctimas difícilmente puede contribuir a generar más igualdad".
En el ámbito europeo, ha recordado, algunos países sí han legislado sobre esta cuestión, como Francia o Bélgica. Prohibiciones que fueron avaladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero con una diferencia fundamental: no se trataba de vetos dirigidos a una prenda o religión concreta, sino de normas generales que impedían ocultar el rostro en el espacio público por razones de orden público y convivencia.
Ese matiz, ha concluido Bosch, es determinante en el caso español. "Una propuesta que se centre exclusivamente en prendas asociadas a una religión concreta y que, además, sancione a las mujeres que las utilizan, sí podría ser contraria a la libertad religiosa", ha advertido, "de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional".
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