Una vez adoptada una decisión por parte de los cinco magistrados que integran la Sala de lo Penal del TSJN, la sentencia podría estar redactada, y notificada a las partes, aproximadamente un mes después.
En un auto hecho público este lunes, contra el que no cabe recurso, la Sala ratifica su decisión anterior de no celebrar una vista oral en los términos solicitados en sus recursos de apelación por parte de la denunciante y del Ayuntamiento de Pamplona, así como por las defensas de cuatro de los cinco condenados, según ha informado el TSJN.
El Tribunal Superior no considera necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de su convicción puesto que "queda ilustrada por los extensos y fundados recursos de apelación y sus respectivas impugnaciones".
"Por otra parte, la decisión de no celebrar vista se conviene mejor con el interés de preservar la identidad e indemnidad de la víctima denunciante", aseguran los magistrados.
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