El Supremo ha permitido a un hombre que deje de prestar la pensión alimenticia a su hija, de 30 años, al considerar que puede provocar que el hombre se quede en una "situación de absoluta indigencia".
Eloy O.M alegó al Supremo que sus únicos ingresos provienen del subsidio de desempleo de 426 euros al mes y que su hija, estudiante de Química Industrial, mantiene un "deficiente aprovechamiento académico". También recordó que tiene a su cargo a otro hijo, éste menor.
Los magistrados recuerdan en su sentencia que la manutención de un hijo comprende "la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable".
Si bien, dan la razón al recurrente, ya que la hija lleva desde 2007 estudiando en la universidad y no hay ninguna "previsión cierta de cuando va a finalizar la fase de formación académica".
A esto añaden que no hay acreditada ninguna circunstancia que impida terminar la carrera universitaria, salvo algún episodio de ansiedad, y que "puede, y debe desarrollar, como ha hecho en ocasiones, trabajos remunerados".
Con todo ello, los magistrados afean que "a pesar de su capacidad laboral, posiblemente mejor que la de su padre" la demandada pretenda seguir recibiendo la pensión alimenticia, y consideran que de mantenerse "coloca" a Eloy O.M. "en una situación de absoluta indigencia".