En una providencia, el juzgado de primera instancia número 53 de Madrid ha instado a Juan Ramón, de 44 años, a abandonar de forma "voluntaria" la casa de renta antigua, ubicada en el número 60 de la calle Conde de Peñalver, en la que su familia ha vivido durante 80 años y él desde su nacimiento.
El juzgado, que dictó el decreto el pasado 23 de febrero, le ha apercibido de que, en caso de no desalojar la vivienda, se procederá a su "lanzamiento". Tras recibir esta notificación, Juan Ramón ha intentado de forma infructuosa ponerse en contacto con la Comunidad de Madrid con el fin de averiguar el estado de la solicitud de vivienda pública que solicitó en 2013.
La Consejería de Transportes le informó de que había admitido su petición en mayo de 2015, pero que "no era posible determinar el momento en el que, en caso de que le llegara a corresponder, se practicaría la adjudicación del domicilio". Este vecino madrileño ha pedido también ayuda a la Plataforma de Afectados de la Hipoteca de Madrid, aunque todavía no ha obtenido respuesta.
Juan Ramón recibió el pasado verano la visita de los servicios sociales de su distrito, que emitieron un informe al Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima) en el que apoyaban su petición de residir en una vivienda de especial necesidad, habida cuenta de que se trata de "una persona con discapacidad en situación de riesgo grave de exclusión social, sin ingresos económicos" y sin apoyo familiar.
Los servicios sociales, que reconocían que su domicilio estaba en condiciones "deficitarias" de habitabilidad, destacaron que está buscando de forma activa empleo y realizando cursos de formación (es técnico informático y community mánager).
En concreto, indicaban que su casa carecía de una correcta instalación de gases e iluminación, teniendo que usar un transformador; el suelo de las habitaciones se hundía y los cristales de una de las ventanas estaban rotos.
Los tribunales han rechazado todos los recursos que su abogada de oficio ha presentado contra el desalojo, al interpretar que no tiene derecho a una tercera subrogación del contrato que su abuela firmó en 1940 y que la subida del alquiler que su padre pactó en 1975 no supuso la confección de un nuevo contrato.
En la actualidad, a Juan Ramón le quedan pocos meses por cotizar para poder solicitar que se le reconozca en situación de incapacidad total y ha ofrecido la dirección postal de un allegado para que pueda recibir las futuras notificaciones de la Administración.
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