Caso Juana Rivas
La Justicia archiva la causa contra Juana Rivas por un presunto delito de sustracción de menores
Los detalles La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa seguida contra Juana Rivas al concluir que no resulta debidamente justificada la comisión del delito.
Juana Rivas vuelve a declarar por sustracción de menores casi una década después del inicio de su casoResumen IA supervisado
El Tribunal de Instancia de Granada ha decidido el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra Juana Rivas por presunta sustracción de menores, siguiendo la solicitud del Ministerio Fiscal. La magistrada Susana Álvarez Civantos concluyó que no existen elementos suficientes para acusar a Rivas, ya que sus acciones se realizaron a través de los cauces legales, recurriendo decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo. Cuando se ordenó judicialmente la entrega del menor a Italia, Rivas cumplió la resolución sin incumplimientos posteriores. La defensa, Aránguez Abogados, celebra que la resolución confirme que Rivas actuó dentro del marco legal.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada, Plaza nº 4, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa seguida contra Juana Rivas por un presunto delito de sustracción de menores.
Fuentes de la defensa de Juana Rivas trasladan a laSexta que la resolución, dictada por la magistrada Susana Álvarez Civantos, pone fin en esta fase procesal a la investigación iniciada a raíz de la denuncia presentada por Francesco Arcuri en marzo de 2025.
El auto coincide con la posición mantenida por el Ministerio Fiscal, que había solicitado expresamente el sobreseimiento provisional y archivo al considerar que las diligencias practicadas no aportaban elementos suficientes para formular acusación contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores.
El Juzgado concluye que no resulta debidamente justificada la comisión del delito.
La resolución destaca que la actuación de Juana Rivas se desarrolló a través de los cauces legales y judiciales disponibles, recurriendo las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo y solicitando judicialmente su suspensión.
Además, cuando el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Granada acordó finalmente la entrega del menor para su regreso a Italia, Juana Rivas cumplió la resolución judicial. El auto subraya que no existieron incumplimientos reiterados posteriores y que, una vez requerida judicialmente, procedió a la entrega.
La defensa de Rivas, satisfecha
La resolución considera especialmente relevante que, en el momento en que se presentó la denuncia, la situación se circunscribía al incumplimiento de una resolución civil italiana que estaba siendo recurrida y cuya suspensión se había solicitado judicialmente.
El Juzgado concluye que esa situación no alcanza por sí sola la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores del artículo 225 bis del Código Penal, que exige un incumplimiento grave de la resolución judicial y una actuación dolosa.
La propia resolución añade que las actuaciones posteriores de Juana Rivas y de su representación procesal se desarrollaron utilizando los procedimientos legalmente previstos y recuerda nuevamente que, cuando se produjo un requerimiento efectivo para la entrega del menor, se dio cumplimiento inmediato a la resolución judicial.
La defensa de Juana Rivas, Aránguez Abogados, valora positivamente la resolución, que confirma que Rivas "no actuó al margen de la Justicia, sino utilizando los instrumentos legales y procesales disponibles para tratar de proteger a su hijo". "Cuando existió una resolución judicial que ordenaba efectivamente su entrega, la cumplió", añaden.