En un auto, la magistrada Belén Sánchez Hernández "declara extinguida la responsabilidad penal que pudiera derivarse de las presentes diligencias" contra 'Billy el Niño' y acuerda, por tanto, el archivo de las actuaciones.
Con todo, la resolución no es definitiva y contra la misma cabe interponer recurso de reforma ante el juzgado y de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Felisa Echegoyen Castanedo interpuso el pasado 14 de noviembre una querella criminal contra 'Billy el Niño' por un delito de torturas cometido en 1974, en un contexto de crímenes contra la humanidad.
Pero la magistrada entiende que "no puede considerarse un delito de lesa humanidad, al faltar el requisito de tratarse de un ataque organizado y sistemático contra un grupo de población".
Y añade que "por haber transcurrido en exceso el plazo previsto" tampoco se da el caso de un delito de tortura, por lo que "procede declarar prescrito el delito que se persigue y extinguida la responsabilidad criminal de Antonio González Pacheco".
Precisamente la juez ha mantenido la misma tesis que hace tres años argumentó la Audiencia Nacional para rechazar la extradición a Argentina de Billy el Niño, reclamado por la jueza María Servini que instruye la querella argentina por crímenes del franquismo.
Tal y como ha hecho ahora la magistrada, el tribunal defendió que habían prescrito los 13 delitos de torturas por los que se le reclamaba y rechazó calificarlos de lesa humanidad porque no formaban parte de un "ataque sistemático y organizado a un grupo de población".
Primera declaración ante el juez
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