El Servicio de Salud del Principado de Asturias indemnizará con 700.649 euros a la familia de un paciente del Servicio de Cirugía Cardíaca del Hospital Universitario Central de Asturias, de 44 años, que falleció tras ser sometido a una segunda intervención quirúrgica para extraerle unas gasas que se habían dejado olvidadas en la primera operación.

El paciente se había sometido a una operación para la sustitución valvular aórtica y la corrección de aneurisma de aorta ascendente en la que se contagió de un hongo y en la que las gasas se quedaron en su tórax lo que hizo que, tras ser dado de alta, tuviera que reingresar dos veces consecutivas en apenas 24 horas.

En este segundo reingreso se decidió operarle tras diagnosticarle un hematoma, cuando según ha quedado acreditado se trataba de un pseudoaneurisma, un error de diagnóstico que derivó en la segunda intervención en la que el paciente falleció desangrado.

La viuda, sus dos hijos menores de edad, los padres y los tres hermanos del fallecido recurrieron inicialmente por la vía penal y, tras sobreseerse el caso, decidieron acogerse a la vía contencioso-administrativa en la que presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial contra la administración.

El recurso consideraba que hubo mala praxis ante el retraso y error en el diagnóstico y señalaba que el olvido de las gasas favoreció que sufriera una infección durante la cirugía por un hongo, que se comportó como "caldo de cultivo" y produjo un debilitamiento de las paredes de la aorta y le causó un pseudoaneurisma que supuso que la segunda inetervención se planteara de forma incorrecta.

El caso llegó al Consejo Consultivo del Principado que emitió un dictamen el pasado mes de mayo donde admitía que el fallecimiento del paciente se debió a "una sucesión de descuidos, imprudencias o desaciertos" imputables al servicio sanitario.

Además, reconocía que, al lado del resarcimiento económico "que nunca alcanza a compensar la pérdida del ser querido", la familia merecía la "reparación moral" inherente a un abierto reconocimiento de la responsabilidad de la propia administración.

La Consejería de Salud acogió el dictamen del Consejo Consultivo y, en una resolución fechada el pasado 2 de agosto, resolvió estimar la reclamación por responsabilidad patrimonial con la que se ponía fin a la vía administrativa y contra la que se podía recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

Sin embargo, el abogado de la familia ha remitido un escrito a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA donde anuncia que, a la vista de esta resolución por la que se concede una indemnización de 700.649 euros a la familia, renuncia a continuar el procedimiento.

La Audiencia Provincial absolvió el año pasado a los dos médicos del servicio de Cirugía Cardíaca, a las tres enfermeras y al especialista en radiodiagnóstico que participaron en la segunda operación y dejó abiertas las vías civil y contencioso-administrativa para reclamar por aquellos actos médicos que por erróneos o incorrectos pudieron derivar en la muerte del paciente, opción a la que se acogió la familia.