En España
El DNI digital pasa a ser un documento de identificación válido a partir del 2 de abril (salvo para votar, por ahora)
El proceso de digitalización en la identificación de los ciudadanos da un paso importante en España: desde el 2 de abril, el DNI digital servirá como método de identificación dentro del territorio nacional.

Hace un año, se daba un importante paso en el proceso de digitalización de la identificación de los ciudadanos en territorio nacional: una década después de la entrada en vigor del DNI electrónico, el Consejo de Ministros dio los primeros pasos para la expedición del DNI digital, paso previo a que el documento nacional de identificación digital tenga la misma validez que el físico.
Sin embargo, hasta ahora el DNI digital no tenía prácticamente ninguna validez, pero desde este jueves 2 de abril, podrá utilizarse, siempre a través de la app oficial MiDNI, como "medio válido de identificación". "Asimismo, las entidades públicas y privadas estarán obligadas a aceptar esta versión digital, conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 255/2025, de 1 de abril", indican desde la página web de la aplicación, que depende de la Policía Nacional.
Según indican desde la Policía, el formato digital del DNI "sirve como instrumento que acredita de forma indubitada la identidad del ciudadano", por lo que se puede utilizar para acreditar la identidad pero también para llevar a cabo trámites administrativos, formalizar seguros, alquilar un vehículo o comprar billetes nominativos que requieran identificación.
Entre las cosas que se pueden hacer con el DNI digital está también ejercer el derecho a votar, pero por ahora, este derecho queda limitado al DNI físico. ¿Por qué? Porque la Junta Electoral Central ha decidido suspender el uso de la aplicación MiDNI —además de la app del carnet de conducir MiDGT— hasta que se garantice que el control de la verificación de la identidad por estos sistemas es suficientemente segura.
La decisión ha llegado a raíz de una petición del PP, ante las dudas de que no se pueda comprobar de manera fidedigna la autenticidad del documento con un código QR actualizado.
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